Exposición de motivos
San Miguel de Abona arrastra desde hace años una problemática creciente relacionada con la presencia de vehículos abandonados en la vía pública, ocupando plazas de aparcamiento, deteriorando la imagen urbana y generando riesgos para la seguridad vial y la salubridad. Esta situación afecta de manera directa a la calidad de vida de la ciudadanía, especialmente en los núcleos más poblados y en zonas donde el estacionamiento ya es limitado.
A esta realidad se suma la imposibilidad material de la Policía Local para actuar con plena eficacia cuando detecta vehículos mal estacionados, infractores o que incumplen la normativa de tráfico. La ausencia de un servicio municipal de grúa impide retirar dichos vehículos, lo que resta efectividad a la labor policial y genera una sensación de impunidad que perjudica la convivencia y el respeto a las normas.
Asimismo, la inexistencia de un depósito municipal de vehículos limita cualquier actuación integral en materia de tráfico, seguridad vial y ordenación del espacio público. En la actualidad, el Ayuntamiento carece de una infraestructura básica que sí existe en otros municipios de referencia del entorno, como Adeje o Granadilla de Abona, donde el servicio municipal de grúa y depósito permite una gestión más eficiente, ágil y autónoma de estas situaciones.
Desde una perspectiva económica y organizativa, la creación de un servicio municipal de grúa, acompañado de su correspondiente depósito de vehículos, permitiría al Ayuntamiento disponer de una herramienta propia para intervenir con rapidez, reducir la saturación del espacio público y ordenar el tráfico urbano. Además, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza fiscal, el servicio podría ser parcialmente autofinanciado, garantizando su sostenibilidad en el tiempo.
El Grupo Municipal Socialista considera que esta actuación es necesaria y estratégica para mejorar la seguridad vial, reforzar la autoridad de la Policía Local, recuperar espacios públicos ocupados indebidamente y ofrecer una respuesta eficaz a una demanda vecinal reiterada. Se trata de una medida que prioriza el interés general, la convivencia ciudadana y la mejora de los servicios públicos municipales.
Por todo ello, el PSOE San Miguel de Abona entiende imprescindible que el Ayuntamiento dé un paso adelante y se dote de los instrumentos técnicos, normativos y materiales necesarios para la implantación de este servicio esencial, alineándose con las buenas prácticas ya implantadas en otros municipios del sur de Tenerife.
Acuerdos que se proponen:
PRIMERO. Que se encomiende la redacción de un informe técnico y de viabilidad económica para la creación de un servicio municipal de grúa y un depósito municipal de vehículos en San Miguel de Abona, tomando como referencia modelos ya implantados en municipios como Adeje y Granadilla de Abona.
SEGUNDO. Que se inicie la redacción y tramitación de la correspondiente ordenanza reguladora del servicio municipal de grúa y depósito de vehículos, así como de la ordenanza fiscal que establezca las tasas aplicables por la prestación de dichos servicios.
TERCERO. Que se habilite un espacio adecuado para la creación del depósito municipal de vehículos, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad, accesibilidad y protección medioambiental.
CUARTO. Que se realicen las modificaciones presupuestarias necesarias para dotar al Ayuntamiento de los medios materiales y humanos precisos para la puesta en marcha del servicio, ya sea mediante gestión directa o a través de la fórmula administrativa más adecuada al interés público.
QUINTO. Que se refuerce la coordinación entre el futuro servicio de grúa municipal y la Policía Local, con el objetivo de mejorar la eficacia en la retirada de vehículos abandonados, mal estacionados o infractores, y avanzar en una ordenación más justa y segura del espacio público.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Plaza de Rina y Francis, ubicada en el núcleo de Las Zocas, constituye uno de los espacios públicos más utilizados por la ciudadanía para actividades culturales, festivas y sociales. Es un punto de encuentro esencial para el barrio y un espacio simbólico que forma parte de la identidad colectiva de sus vecinos y vecinas.
Sin embargo, el transcurso de los años y el uso continuado han deteriorado notablemente sus infraestructuras. El estado actual de la plaza dista de ser el adecuado para garantizar la comodidad, la seguridad y la correcta celebración de actividades, especialmente en lo que respecta al escenario y a sus dependencias anexas.
Las deficiencias en el techado del escenario, así como el deterioro del cuarto anexo, dificultan el desarrollo de actos culturales y sociales en condiciones adecuadas, afectando tanto a quienes participan en su organización como a la ciudadanía que hace uso del espacio.
La falta de una actuación integral pone de manifiesto la necesidad de que el Ayuntamiento adopte una posición clara y comprometida con el mantenimiento de los espacios públicos, especialmente aquellos que desempeñan una función social y comunitaria tan relevante.
Desde el Grupo Municipal del PSOE San Miguel de Abona consideramos imprescindible que el Pleno manifieste su voluntad política de impulsar la mejora de esta plaza, como muestra de compromiso con Las Zocas y con la calidad de vida de su vecindad.
ACUERDOS QUE SE PROPONEN:
PRIMERO. Impulsar las actuaciones necesarias para la mejora, renovación y acondicionamiento de la Plaza de Rina y Francis, en Las Zocas.
SEGUNDO. Priorizar esta actuación dentro de las políticas municipales de mantenimiento y mejora de los espacios públicos.
TERCERO. Dar traslado del presente acuerdo a las áreas municipales competentes.
Parte expositiva o justificación:
Las calles Cuba (Polígono Industrial de Las Chafiras) y El Cardonal (frente a la playa de San Blas y el hotel Barceló) presentan desde hace años un problema recurrente relacionado con la evacuación de las aguas pluviales. Cada vez que se producen episodios de lluvia, incluso cuando estos no son especialmente intensos, se generan importantes acumulaciones de agua en distintos puntos de ambas vías, formándose grandes charcos que ocupan parte de la calzada y dificultan el tránsito normal de vehículos y peatones.
Esta situación evidencia la existencia de deficiencias en el sistema de drenaje y evacuación de aguas pluviales de la zona. La falta de una infraestructura adecuada o el insuficiente dimensionamiento de la red de recogida provoca que el agua no logre canalizar correctamente hacia el sistema de saneamiento o hacia los puntos de evacuación previstos, quedando estancada durante largos períodos de tiempo.
Como consecuencia, estas acumulaciones de agua pueden permanecer durante varios días hasta que finalmente se evaporan de manera natural, generando molestias para las personas residentes y usuarias de la vía pública. Esta situación dificulta la movilidad, puede afectar al estado del pavimento y deteriorar progresivamente la infraestructura viaria. La presencia prolongada de agua estancada también puede derivar en problemas de salubridad, así como en un deterioro de la imagen urbana del municipio.
Desde el Grupo Municipal Socialista consideramos necesario abordar este problema mediante un análisis técnico que permita definir las soluciones más adecuadas, ya sea mediante la mejora del sistema de drenaje existente, la instalación de nuevos imbornales o la ejecución de obras de canalización que permitan evacuar correctamente las aguas pluviales.
ACUERDOS QUE SE PROPONEN:
PRIMERO. Que se encomiende a los servicios técnicos municipales la elaboración de un informe técnico que analice el estado actual del sistema de drenaje de aguas pluviales en las calles Cuba y El Cardonal.
SEGUNDO. Que, a partir de dicho informe, se redacte el correspondiente proyecto técnico que contemple las actuaciones necesarias para mejorar el sistema de evacuación de aguas pluviales en la zona.
TERCERO. Que se realicen las modificaciones presupuestarias necesarias para incorporar la ejecución de estas actuaciones en el presupuesto municipal, garantizando los recursos económicos necesarios para su desarrollo.
CUARTO. Que se proceda a la licitación y ejecución de las obras necesarias a la mayor brevedad posible.
Parte expositiva o justificación:
El comercio de proximidad constituye uno de los pilares fundamentales de la vida económica y social de San Miguel de Abona. Más allá de su función estrictamente económica, el pequeño comercio contribuye a mantener nuestros núcleos urbanos y rurales vivos, genera empleo, favorece la cohesión social y garantiza un servicio cercano y personalizado a la ciudadanía. En barrios como Guargacho, Aldea, Las Zocas, El Roque o el casco histórico, la actividad comercial es sinónimo de dinamismo y fuente de empleo.
El artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que el municipio ejercerá, en todo caso, competencias propias en materias como urbanismo, promoción y gestión de actividades económicas, ferias, abastos, mercados y defensa de consumidores y usuarios, así como en la ordenación del tráfico y la movilidad. Estas competencias habilita plenamente al Ayuntamiento de San Miguel de Abona para desarrollar políticas activas de apoyo al comercio local, siempre dentro del marco de la normativa autonómica y estatal aplicable.
En los últimos años, el pequeño comercio ha afrontado importantes transformaciones: la digitalización acelerada, el auge del comercio electrónico, la presión competitiva de grandes superficies y plataformas digitales, así como cambios en los hábitos de consumo. Esta realidad afecta especialmente a los pequeños establecimientos, muchos de ellos gestionados por autónomos y microempresas, que disponen de menor capacidad financiera y tecnológica para adaptarse a estos cambios.
Asimismo, el comercio de proximidad tiene un impacto directo en la configuración del espacio público. Las calles con actividad comercial son calles más transitadas y con mayor interacción social. La adecuada planificación urbanística, la mejora de la accesibilidad, la movilidad peatonal y la calidad del entorno urbano son factores determinantes para su supervivencia y crecimiento, competencias que corresponden directamente al ámbito municipal.
Por otro lado, el Ayuntamiento, en el ejercicio de su autonomía local, puede impulsar campañas de dinamización, simplificar procedimientos administrativos, revisar ordenanzas fiscales dentro de sus competencias y promover espacios de participación sectorial que fortalezcan la interlocución con el tejido comercial.
En consecuencia, resulta necesario articular una estrategia municipal coordinada, realista y ajustada a las competencias propias del Ayuntamiento de San Miguel de Abona, que permita reforzar el comercio de proximidad, mejorar su competitividad y garantizar su papel esencial en la economía y la vida social del municipio.
Acuerdos que se proponen:
Único.- Apoyar al pequeño y mediano comercio, las asociaciones empresariales existentes así como la impulsión de nuevas asociaciones en las zonas comerciales existentes en el municipio.
Parte expositiva o justificación:
El Ayuntamiento de San Miguel de Abona publica anualmente el calendario del contribuyente, donde se establecen con claridad los períodos voluntarios de pago de los distintos tributos y tasas municipales gestionados por el Consorcio de Tributos de Tenerife.
Dicho calendario fija, entre otros, los siguientes plazos para el ejercicio 2026:
Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos:
Primer semestre: del 6 de mayo al 6 de julio de 2026.
Segundo semestre: del 6 de noviembre de 2026 al 6 de enero de 2027.
Sin embargo, se ha producido una situación especialmente grave que afecta directamente a la ciudadanía, la notificación correspondiente a la Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos del segundo período, cuyo plazo voluntario estaba fijado entre el 6 de noviembre de 2026 y el 6 de enero de 2027, ha sido recibida por vecinos y vecinas en el mes de febrero, es decir, una vez finalizado el período voluntario de pago.
Este hecho genera una evidente situación de indefensión para las personas contribuyentes, que ven cómo se inicia o puede iniciarse la vía ejecutiva sin haber tenido conocimiento efectivo dentro del plazo ordinario. La administración pública debe garantizar la seguridad jurídica, la previsibilidad y el respeto a los derechos de la ciudadanía, especialmente en materia tributaria.
No se trata únicamente de un problema administrativo puntual, sino de una cuestión de responsabilidad institucional. La correcta gestión tributaria exige que las notificaciones lleguen con antelación suficiente dentro del período voluntario de pago, permitiendo a las familias, autónomos y empresas planificar sus obligaciones sin verse expuestos a recargos, intereses o procedimientos ejecutivos derivados de una falta de comunicación en tiempo y forma.
Desde el Grupo Municipal Socialista entendemos que el Ayuntamiento no puede permanecer ajeno a esta situación, dado que los tributos afectados corresponden al ámbito municipal, aunque su gestión esté delegada en el Consorcio de Tributos de Tenerife. Es obligación del Ayuntamiento velar por que la prestación del servicio se realice con eficacia, diligencia y respeto a los derechos de la ciudadanía de San Miguel de Abona.
Por todo ello, resulta imprescindible adoptar medidas formales para garantizar que estas incidencias no vuelvan a repetirse y que el envío de las notificaciones se realice siempre antes del vencimiento del período voluntario de pago.
Acuerdo a adoptar:
ÚNICO. - Solicitar al Consorcio de Tributos de Tenerife a que garantice el envío y la recepción efectiva de las notificaciones correspondientes a tributos y tasas municipales dentro del período voluntario de pago establecido en el calendario del contribuyente.
Parte expositiva o justificación:
El Pleno del Ayuntamiento constituye el máximo órgano de representación democrática del municipio. Los acuerdos adoptados en su seno, especialmente aquellos que han sido aprobados por mayoría, no pueden quedar en meras declaraciones de intenciones, sino que deben traducirse en actuaciones reales, medibles y verificables al servicio de la ciudadanía.
En los últimos años, el Grupo Municipal del PSOE San Miguel de Abona ha presentado diversas mociones y propuestas que han sido debatidas y aprobadas por el Pleno municipal, muchas de ellas por unanimidad. Sin embargo, una parte significativa de estas iniciativas continúa sin ejecutarse o sin que exista información clara sobre su grado de cumplimiento, generando frustración en la ciudadanía y debilitando la credibilidad institucional.
Entre las propuestas aprobadas pendientes de ejecución se encuentran actuaciones fundamentales para la seguridad, la accesibilidad, la movilidad y la mejora de los servicios públicos municipales, tales como:
1. Mejora en la iluminación y accesibilidad en pasos de peatones de San Miguel de Abona: estado de tramitación del expediente. Enero de 2025
2. Propuesta de reubicación de la parada de guagua ubicada delante de la estatua en honor a los agricultores y agricultoras. Junio de 2025
3. Dotar de climatización y renovación de aire a los edificios municipales. Febrero de 2024.
4. Cesión de la Charca Jiménez. Mayo 2024.
5. Fomento de la participación ciudadana en el municipio. Febrero de 2023.
6. Creación de Libros y Registros de Honores y Distinciones Municipales. Septiembre de 2022.
7. Mejora integral de las paradas de taxis del municipio. Septiembre de 2022.
8. Construcción de un acceso peatonal paralelo a la Carretera a Los Abrigos hasta el parque anexo al Consultorio Médico de San Miguel de Abona. Febrero de 2021.
9. Conveniar con el Cabildo de Tenerife, con carácter de urgencia, el acondicionamiento y mejora de la Carretera Insular TF-657, en el tramo TF-65 Barranco Los Erales y Araujo y Rotonda de Aldea Blanca. Abril de 2021.
10. Ejecución de un paseo peatonal y carril bici desde Llano del Camello (rotonda de los camellos) hasta Las Zocas (parada de guaguas frente al cruce del campo de fútbol). Mayo de 2021
Estas iniciativas responden a demandas reales de vecinos y vecinas que reclaman seguridad en los pasos de peatones, movilidad sostenible, infraestructuras dignas, participación democrática y espacios públicos adecuados. La falta de ejecución de acuerdos plenarios no solo supone una deficiencia en la gestión, sino también una falta de respeto al mandato democrático emanado del órgano soberano municipal.
La buena gobernanza exige planificación, seguimiento y rendición de cuentas. No es admisible que propuestas aprobadas hace más de cuatro años continúen sin materializarse, sin cronograma público ni explicación detallada sobre los obstáculos que impiden su desarrollo.
Por ello, resulta imprescindible establecer mecanismos formales de seguimiento, control y ejecución de los acuerdos plenarios, garantizando que cada iniciativa aprobada cuente con una hoja de ruta clara, consignación presupuestaria cuando sea necesaria y plazos concretos de ejecución.
Acuerdo a adoptar:
ÚNICO. - Que se garantice el cumplimiento de los acuerdos plenarios.
Parte expositiva o justificación:
Considerando que en San Miguel de Abona, la seguridad vial y la accesibilidad son aspectos fundamentales para promover la calidad de vida de las personas que residen en el municipio. Y por tanto, no se nos escapa que los pasos de peatones son una de las zonas más peligrosas de nuestras calles y carreteras, ya que es un espacio compartido por vehículos y peatones, y evitar los accidentes que ocurren en los mismos supondría una enorme mejora en la seguridad vial.
Conscientes de que los pasos de peatones seguros son elementos clave en la protección de los peatones y en la reducción de accidentes de tráfico. Aunque las razones de los accidentes son múltiples (excesos de velocidad, alcohol, distracciones, etc), la iluminación inadecuada en los pasos de peatones podría ser una de las causas más importantes por las que se producen estos accidentes, ya que ocurren el triple de accidentes por la noche que durante el día.
Observando la necesidad de mejor peatones, tanto de los peatones como de los conductores, especialmente durante las horas de menor luz, para prevenir accidentes y garantizar la tranquilidad de quienes transitan por ellos
Teniendo en cuenta el necesario compromiso que debe tener nuestro municipio con la inclusión y la igualdad de oportunidades, siendo imperativo eliminar cualquier tipo de barrera arquitectónica que obstaculice la movilidad de personas con diversidad funcional.
Observando que la presencia de obstáculos, barreras arquitectónicas o visuales en los pasos de peatones puede representar un peligro significativo, especialmente para las personas con movilidad reducida, limitando su acceso seguro a las vías públicas.
Conscientes de que los pasos de peatones son puntos a tener en cuenta en cuanto a la prevención de accidentes de tráfico y que su adecuada iluminación es esencial para aumentar la visibilidad y reducir los riesgos, especialmente en horarios de baja luminosidad.
Acuerdos:
Primero: Se inicien los expedientes necesarios para llevar a cabo la mejora de la visibilidad de los pasos de peatones, según el informe del ingeniero municipal, basándose en las Propuestas 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del informe.
Segundo: Realizar campañas de concienciación ciudadana en San Miguel de Abona sobre la importancia de respetar los pasos de peatones convivencia vial más segura y respetuosa.
El Grupo Municipal Socialista presenta al Pleno un total de 45 enmiendas al Presupuesto Municipal 2025 con el objetivo de lograr un presupuesto más equilibrado, realista y ajustado a las necesidades de la ciudadanía.
De estas, tres enmiendas corresponden al Presupuesto de Ingresos, lo que supone un incremento de 184.224,10 euros en los ingresos municipales y, en consecuencia, en el Presupuesto de Gastos por el mismo importe.
ENMIENDAS AL PRESUPUESTO DE INGRESOS
Justificación:
Con el fin de que el presupuesto refleje con mayor precisión la realidad económica del municipio, se proponen ajustes en diferentes partidas de ingresos:
1. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana.
2. Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras.
3. Participación en los tributos del Estado.
Acuerdos a adoptar:
1. Establecer el IBI de naturaleza urbana en 5.325.000 euros.
2. Fijar la tasa por entrada de vehículos en 150.000 euros.
3. Ajustar la participación en los tributos del Estado a 6.250.000 euros.
ENMIENDAS AL PRESUPUESTO DE GASTOS
Justificación:
Estas enmiendas tienen como finalidad garantizar una distribución más eficiente de los recursos municipales, dando respuesta a las demandas de los vecinos, colectivos y asociaciones, así como a las necesidades del propio Ayuntamiento.
Acuerdos a adoptar:
1. Optimización del gasto en suministros y materiales
*Vestuario / Protección Civil: 5.000 euros.
*Vestuario / Otro transporte de viajeros: 2.500 euros.
*Material deportivo / Administración General de Deportes: 1.500 euros.
*Material de ferretería / Administración General de Infraestructuras: 70.000 euros.
*Otros suministros / Seguridad y Orden Público: 10.000 euros.
*Postales / Administración General: 20.000 euros.
2. Racionalización de partidas protocolarias y administrativas
*Atenciones protocolarias y representación / Administración General: 45.000 euros.
*Servicios jurídicos y contenciosos / Administración General: 10.000 euros.
*Reuniones, conferencias y cursos / Seguridad y Orden Público: 11.000 euros.
*Reuniones, conferencias y cursos / Educación: 8.000 euros.
*Reuniones, conferencias y cursos / Cultura: 8.000 euros.
*Reuniones, conferencias y cursos / Participación Ciudadana: 3.000 euros.
3. Reajuste en actividades culturales y deportivas
*Actividades culturales y deportivas / Cultura: 50.000 euros.
*Actividades culturales y deportivas / Bibliotecas y Archivos: 10.000 euros.
*Actividades culturales y deportivas / Fiestas populares y festejos: 30.000 euros.
*Actividades culturales y deportivas / Administración General de Deportes: 35.000 euros.
*Servicio de permanencia / Educación: 7.953,45 euros.
*Fiestas patronales San Miguel Arcángel / Fiestas populares y festejos: 60.000 euros.
*Otros festejos / Fiestas populares y festejos: 15.000 euros.
*Torneo de fútbol autonómico – Categoría Benjamín / Deportes: 10.000 euros.
*Programa de senderismo / Deportes: 48.000 euros.
4. Fomento del empleo y formación
*Proyectos formativos de fomento del empleo / Fomento de Empleo: 500.000 euros.
*Estudios y trabajos técnicos / Urbanismo: 20.000 euros.
5. Subvenciones y apoyo a colectivos locales
*Patrocinio a deportistas individuales del municipio / Deportes: 13.000 euros.
*Escuela Deportiva Municipal / Deportes: 20.000 euros.
*Campamentos Escolares / Deportes: 20.000 euros.
*Protección y mejora del medio ambiente: 10.000 euros.
*Subvenciones a asociaciones culturales del municipio / Cultura: 14.000 euros.
*Subvenciones a comisiones de fiestas de los barrios / Fiestas populares y festejos: 20.000 euros.
*Subvenciones a clubes y entidades deportivas / Deportes: 50.770,65 euros.
*Subvención a Granja Sensorial TEA / Asistencia Social Primaria: 6.850 euros.
*Subvención Asociación Cluster de Turismo de San Miguel – SAMIC / Comercio, Turismo y PYMEs: 20.000 euros.
6. Inversiones en infraestructuras y servicios públicos
*Gastos Unidad Canina: 500 euros.
*Reforma integral del edificio de la Policía Local: 425.000 euros.
*Instalación de luz ferial fija en plazas de los barrios (El Frontón, El Roque, Las Zocas, Aldea, Llano del Camello, Guargacho): 150.000 euros.
*Adaptación de la sala velatorio El Roque: 50.000 euros.
*Proyectos de prevención de la violencia de género: 16.150 euros.
7. Mejora de infraestructuras educativas
*Instalación de carpa en CEIP Juan Bethencourt Alfonso (Las Zocas): 70.000 euros.
*Instalación de carpa en CEIP Aldea Blanca: 70.000 euros.
*Instalación de carpa en CEIP Llano de las Naciones (Llano del Camello): 70.000 euros.
*Instalación de carpa en CEIP El Monte: 70.000 euros.
Exposición de motivos:
La igualdad de género no solo es un derecho humano fundamental, sino que es uno de los pilares básicos para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible. Se han conseguido algunos avances durante las últimas décadas, pero el mundo está lejos de alcanzar la igualdad de género para 2030 como se recoge en los objetivos de desarrollo sostenible de Naciones Unidas.
Avanzar en la igualdad de género es fundamental para crear una sociedad sana en todos sus ámbitos, desde la reducción de la pobreza hasta la promoción de la salud, la educación, la protección y el bienestar.
El lema elegido por Naciones Unidas para este año es “Para TODAS las mujeres y niñas: Derechos. Igualdad. Empoderamiento” al que nos unimos y reivindicamos.
Las mujeres y las niñas constituyen la mitad de la población y, por tanto, también la mitad de su potencial. Pero la desigualdad de género prevalece y estanca el progreso social, por eso es vital que trabajemos por el empoderamiento de las mujeres, especialmente de las jóvenes y las niñas de nuestro país.
Empoderamiento significa generar mayor autonomía para las mujeres, reconocer y visibilizar sus aportaciones. Empoderarse implica participar plenamente en todos los sectores; el económico, el político y el social. De este modo se construyen países y economías más fuertes y justas, más estables y que contribuyen a mejorar la vida de todas las personas, y este es sin duda un reto.
La realidad demuestra que son muchas las áreas donde la brecha de género, las diferencias entre mujeres y hombres, es todavía un lastre para nuestra democracia y una manifiesta injusticia para las mujeres.
En el empleo las diferencias han ido mejorando, pero todavía muestran un mercado laboral que penaliza a las mujeres en sus salarios que están casi un veinte por ciento por debajo de los hombres. Según los últimos datos disponibles de la EPA 2023, el salario medio de las mujeres fue de 2.063,2 euros al mes, mientras que el de los hombres alcanzó los 2.467,9 euros.
Tratar a todas las mujeres y hombres de forma equitativa en el trabajo es uno de los fundamentos esenciales de la igualdad de género y de nuestro objetivo de empoderamiento, por esto, aunque las diferencias salariales, siguen siendo muy significativas, se han reducido en un 25% desde el año 2018, entre otras cosas gracias a la continua subida del salario mínimo interprofesional.
Para seguir cerrando la brecha de género en el mercado laboral, debemos trabajar para implementar políticas que favorezcan y mejoren la integración laboral de las mujeres en las ocupaciones STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), empezando por la sensibilización y la promoción en la infancia y la juventud.
Que las mujeres ocupen la mayor parte de los contratos a tiempo parcial u ocupen puestos de menor responsabilidad tiene mucho que ver con la conciliación de la vida familiar y laboral, con los usos del tiempo: hay más mujeres que hombres que cuidan de otras personas a diario, 41% frente al 33%, además, el porcentaje de mujeres que realizan tareas domésticas a diario es muy superior al de los hombres (64% frente a 44%).
Pero en los últimos seis años se han implementado medidas pioneras para alcanzar la igualdad de género en diversos ámbitos: se ha igualado y ampliado
el permiso de maternidad y paternidad de forma no transferible, promoviendo la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos e hijas.
Promover la igualdad de género a todos los niveles significa garantizar la presencia de mujeres en los espacios de poder del sector público, de las grandes empresas, de las sociedades cotizadas o de los colegios profesionales. La Ley de paridad, sin duda alguna, demuestra ser la mejor herramienta a día de hoy para acabar con el déficit democrático actual.
Empoderarse es adquirir conciencia individual y colectiva, ganar confianza y autoestima, tener poder para decidir de la vida cotidiana; es por eso que debemos trabajar de manera decidida por la coeducación puesto que los centros educativos no son neutros; la escuela forma parte del entorno y lo reproduce y es por ello que incluir los valores de igualdad, tolerancia y diálogo es altamente transformador.
Además, debemos proteger a las y los menores en los entornos digitales frente a la pornografía y la incitación a la prostitución. De ahí la importancia de impulsar decididamente la educación afectivo-sexual basada en el respeto, la igualdad y la dignidad de las personas.
Nuestro compromiso con la igualdad entre mujeres y hombres es firme y abarca todos los ámbitos de la vida pública y privada. Solo a través de una acción política transversal e integral, que tenga también en cuenta las diferencias entre las mujeres, podremos construir una sociedad verdaderamente igualitaria y justa para todas y todos.
Acuerdos:
Primero.- El ayuntamiento de San Miguel de Abona impulsará decididamente y de forma transversal políticas de igualdad entre mujeres y hombres como la mejor garantía para el futuro de las niñas y de las mujeres. Estas políticas deben implicar:
Segundo.- Implementar políticas que favorezcan y mejoren la integración laboral de las mujeres en las ocupaciones STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas), empezando por la sensibilización y la promoción en la infancia y la juventud.
Tercero.- Impulsar una acción política integral que permita un pacto por la corresponsabilidad en los cuidados.
Cuarto.- Llevar a cabo acciones para proteger a las y los menores en los entornos digitales frente a la pornografía y la incitación a la prostitución. Impulsando decididamente la coeducación y educación afectivo-sexual basada en el respeto, la igualdad y la dignidad de las personas.
Enmienda 1.Sustitución
PREÁMBULO ACTUAL: Teniendo en cuenta que las bases reguladoras para la concesión de ayudas de rehabilitación de vivienda publicadas en el B.O.P número 95, de 7 de agosto de 2023, no se adaptan al último Programa Insular de Rehabilitación de Vivienda, resulta necesario la aprobación de unas nuevas Bases que se adapten al mencionado Programa
TEXTO DE LA ENMIENDA:
El derecho a la vivienda digna está garantizado por el artículo 47 de la Constitución española, que declara que toda la ciudadanía española tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y atribuye a los poderes públicos, la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para ser efectivos de derecho.
La ley 7 de 1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local establece como competencia propia la conservación y rehabilitación de las edificaciones así como la evaluación e informes de situaciones de necesidad social y la atención inmediata, a personas en situaciones con riesgos de exclusión social.
Por todo ello, el Ayuntamiento de San Miguel de Abona establece unas bases reguladoras para la concesión de ayudas de rehabilitación de viviendas para las personas en situaciones de vulnerabilidad.
También, en aras de cumplir los principios de eficacia y eficiencia, que son de obligado cumplimiento, se debe de aprobar unas bases reguladoras de ayuda a la rehabilitación de viviendas que estén adaptadas a cualquier programa de rehabilitación de viviendas de las diferentes administraciones: Europeas, Estatales, Autonómicas, Insulares, Locales, etc.
Enmienda 2. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Primera.- Objeto
2.- Las presentes Bases Reguladoras para la concesión de ayudas de rehabilitación de vivienda está supeditada a la aprobación de los Programas Insulares de Rehabilitación de Vivienda por parte del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, así como posteriores modificaciones.
TEXTO DE LA ENMIENDA.
2.- Las presentes Bases Reguladoras para la concesión de ayudas de rehabilitación de vivienda podría estar supeditada a cualquier programa de rehabilitación de viviendas de las diferentes administraciones: Europeas, Estatales, Autonómicas, Insulares, Locales, etc.
Enmienda 3. Eliminación
TEXTO ORIGINAL:
Base Segunda.-Requisitos de los beneficiarios
c) Ninguno de los miembros de la unidad familiar podrá ser titular de otra vivienda.
Justificación de la enmienda: planteamos la eliminación del punto c, porque puede dejar a personas vulnerables sin cobertura, además ya está justificado que las personas que residan en la vivienda no llegan al umbral del iprem establecido.
Enmienda 4. Eliminación
TEXTO ORIGINAL:
Base Segunda.-Requisitos de los beneficiarios
1. Podrán obtener la condición de beneficiarios las personas que cumplan los siguientes requisitos:
e) Situación de necesidad e idoneidad para prestación del destinatario definitivo de la ayuda, valorada por informes técnicos del Ayuntamiento.
Justificación de la enmienda: planteamos la eliminación del apartado e), porque ya está recogido en el apartado b) del punto “1.-” de la base segunda requisitos de los beneficiarias.
Enmienda 5. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Segunda.-Requisitos de los beneficiarios
Se entiende por unidad familiar la formada únicamente por los cónyuges no separados legalmente y los hijos menores de edad y/o los mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. En los casos en los que la persona mayor no tenga vínculo matrimonial o esté separado legalmente, la formada por los hijos que convivan y reúnan los requisitos del apartado anterior.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
Se entiende por unidad familiar la formada únicamente por los cónyuges no separados legalmente y los hijos menores de edad y/o los mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. En los casos en los que la persona mayor que conviva y no tenga vínculo matrimonial o esté separado legalmente, se deberá aportar declaración jurada de convivencia y certificado de convivencia expedido por la policía local acreditativo de la declaración jurada.
Enmienda 6. Eliminación
TEXTO ORIGINAL:
Base Segunda.-Requisitos de los beneficiarios
4.-Los requisitos que deben reunir los beneficiarios, señalados anteriormente estarán supeditados a la aprobación de los Programas Insulares de Rehabilitación de Vivienda por parte del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, así como posibles posteriores modificaciones, por tanto, con el fin de adaptarse al mencionado Programa los mismos podrán ser objeto de modificación en cada Convocatoria.
Justificación de la enmienda: Se condiciona la autonomía de la administración local recogida en la Ley de Base de Régimen Local, la cual indica en el artículo 2 que: para la efectividad de la autonomía garantizada constitucionalmente a las entidades locales, la legislación del Estado y las comunidades autónomas, reguladora de los distintos sectores de acción pública, según la distribución constitucional de competencias, deberá asegurar a los municipios, las provincias y las islas, su derecho intervenir en cuanto los asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses, atribuyéndole las competencias que proceda en atención a las características de la actividad pública de que se trate y a la capacidad de gestión de la entidad local, de conformidad con los principios de descentralización, proximidad, eficacia y eficiencia, y con estricta sujeción a la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Enmienda 7. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Tercera.-Requisitos referidos a las obras de rehabilitación:
1.Se debe tener en cuenta lo siguiente:
a) Serán obras a financiar en este Programa, entre otras, aquellas que comprendan total o parcialmente la mejora de las condiciones de accesibilidad, las que garanticen la seguridad de la vivienda tales como el refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales, las que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendio, mejora e impermeabilización de cubiertas, etc.
Especialmente, serán subvencionables las obras necesarias para la conexión de las aguas residuales domiciliarias a la red municipal de saneamiento.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
a) Serán obras a financiar, entre otras, las que garanticen la seguridad de la vivienda tales como el refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales, aquellas que comprendan total o parcialmente la mejora de las condiciones de accesibilidad, las obras necesarias para la conexión de las aguas residuales domiciliarias a la red municipal de saneamiento, y las que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendio, mejora e impermeabilización de cubiertas, etc.
Enmienda 8. Sustitución
Corregir la correlación de las letras en la base Tercera.- Requisitos referidos a las obras de rehabilitación, ya que se repite la letra C dos veces.
Enmienda 9. Eliminación
TEXTO ORIGINAL:
Base Tercera.-Requisitos referidos a las obras de rehabilitación:
2.-Los requisitos referidos a las obras de rehabilitación, señalados anteriormente estarán supeditados a la aprobación de los Programas Insulares de Rehabilitación de Vivienda por parte del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, así como posibles posteriores modificaciones, por tanto, con el fin de adaptarse al mencionado Programa los mismos podrán ser objeto de modificación en cada Convocatoria.
Justificación de la enmienda: Se condiciona la autonomía de la administración local recogida en la Ley de Base de Régimen Local, la cual indica en el artículo 2 que: para la efectividad de la autonomía garantizada constitucionalmente a las entidades locales, la legislación del Estado y las comunidades autónomas, reguladora de los distintos sectores de acción pública, según la distribución constitucional de competencias, deberá asegurar a los municipios, las provincias y las islas, su derecho intervenir en cuanto los asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses, atribuyéndole las competencias que proceda en atención a las características de la actividad pública de que se trate y a la capacidad de gestión de la entidad local, de conformidad con los principios de descentralización, proximidad, eficacia y eficiencia, y con estricta sujeción a la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Enmienda 10. Eliminación
TEXTO ORIGINAL:
Cuarta.-Requisitos relativos a la vivienda objeto de rehabilitación: 2.-Los requisitos relativos a la vivienda objeto de rehabilitación, señalados anteriormente estarán supeditados a la aprobación de los Programas Insulares de Rehabilitación de Vivienda por parte del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, así como posibles posteriores modificaciones, por tanto, con el fin de adaptarse al mencionado Programa los mismos podrán ser objeto de modificación en cada Convocatoria.
Justificación de la enmienda: Se condiciona la autonomía de la administración local recogida en la Ley de Base de Régimen Local, la cual indica en el artículo 2 que: para la efectividad de la autonomía garantizada constitucionalmente a las entidades locales, la legislación del Estado y las comunidades autónomas, reguladora de los distintos sectores de acción pública, según la distribución constitucional de competencias, deberá asegurar a los municipios, las provincias y las islas, su derecho intervenir en cuanto los asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses, atribuyéndole las competencias que proceda en atención a las características de la actividad pública de que se trate y a la capacidad de gestión de la entidad local, de conformidad con los principios de descentralización, proximidad, eficacia y eficiencia, y con estricta sujeción a la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Enmienda 11. Adición
TEXTO ORIGINAL
Base Quinta.- Procedimiento de concesión de la subvención
3.- Si las solicitudes no reúnen los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá desistido de su petición, procediéndose al archivo de la solicitud.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
3.- Si las solicitudes no reúnen los requisitos exigidos, se requerirá a la persona interesada por escrito con la debida constancia del acuse de notificación para que en el plazo de diez días, contados a partir del de la notificación efectiva, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá desistido de su petición, procediéndose al archivo de la solicitud.
Enmienda 12. Sustitución
TEXTO ORIGINAL
Base Quinta.- Procedimiento de concesión de la subvención
5.-A la vista del informe emitido por el órgano instructor, dentro de la fase previa de evaluación, el órgano colegiado que se constituya (Comisión de Valoración), elevará propuesta de concesión al órgano competente para resolver.
TEXTO DE LA ENMIENDA
5.-A la vista del informe emitido por el órgano instructor, que contendrá el cumplimiento y detalle de cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases reguladoras, así como cualquier otro que se aporte por parte de la persona solicitante. Dentro de la fase previa de evaluación, se constituirá una Comisión de Valoración.
Enmienda 13. Sustitución
TEXTO ORIGINAL
Base Quinta.- Procedimiento de concesión de la subvención
6.-El procedimiento de concesión será evaluado por una Comisión de Valoración integrada por los miembros que se determinen en la Convocatoria, ajustándose a la siguiente composición: -Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue. -Vocales: Dos empleados públicos adscritos al Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento, uno de los cuales actuará como Secretario de la Comisión. La Comisión podrá contar con la colaboración del Interventor o cualquier otro técnico municipal en caso de asesoramiento e información, si se estima oportuno.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
6.-El procedimiento de concesión será evaluado por una Comisión de Valoración integrada por los miembros que se determinen en la Convocatoria, ajustándose a la siguiente composición: -Presidente/a: Un/a Profesional del Trabajo Social -Vocales: Dos empleados públicos adscritos al Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento, uno de los cuales actuará como Secretario de la Comisión. La Comisión podrá contar con la colaboración del Interventor o cualquier otro técnico municipal en caso de asesoramiento e información, si se estima oportuno.
Enmienda 13 bis. Sustitución
TEXTO ORIGINAL
Base Quinta.- Procedimiento de concesión de la subvención
7. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de cuatro meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido el citado plazo sin que se hayan dictado la correspondiente resolución, se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas. El otorgamiento de las subvenciones solicitadas estará condicionado a la existencia de crédito presupuestario, entendiéndose denegadas aquellas solicitudes para la que no existiera crédito en el ejercicio correspondiente.
7. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de cuatro meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido el citado plazo sin que se hayan dictado la correspondiente resolución, se notificará a cada una de las personas resolución con expresión clara de las causas de desestimación. El otorgamiento de las subvenciones solicitadas estará condicionado a la existencia de crédito presupuestario, se notificará a cada una de las personas resolución con expresión clara de las causas de desestimación de su solicitud y del por qué quedo fuera del crédito en el ejercicio correspondiente.
Enmienda 14. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Sexta.-Criterios para otorgar la subvención y su ponderación: Los criterios a ponderar se dividen de la siguiente forma:
1.- Criterios económicos:
Para las unidades familiares que cumplan con el requisito económico establecido del IPREM anual para cada ejercicio (IPREM anual- 14 pagas *2) se establecerá la siguiente puntuación: 10 puntos.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
• Para unidades familiares compuestas por un (1) solo miembro, el límite económico anual será de 16.800,00 € (IPREM anual- 14 pagas *2). 6 PUNTOS
• Para unidades familiares compuestas por dos (2) o tres (3) miembros, el límite económico anual será de 21.000,00 € (IPREM anual – 14 pagas *2,5). 8 PUNTOS • Para unidades familiares compuestas por más de tres miembros, el límite será de 23.520,00 € (IPREM anual – 14 pagas *2,8). 10 PUNTOS
Justificación de la enmienda: Se entiende que una familia de tres miembros cuya renta sea de 23.520 € es más pobre que una familia de un solo miembro cuya renta sea de 16.800€.
Enmienda 15. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Sexta.-Criterios para otorgar la subvención y su ponderación: 3.- Criterios referidos al estado de la vivienda y/o tipo de obra a realizar: 3.1- Obras que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendios: 5 puntos.
3.2- Mejora y acondicionamiento de vivienda para accesibilidad: 5 puntos. 3.3- Deficiencias estructurales en la vivienda: 5 puntos.
3.4- La realización de obras necesarias para la conexión de las aguas residuales domiciliarias a la red de saneamiento: 5 puntos.
TEXTO ENMENDADO:
3.- Criterios referidos al estado de la vivienda y/o tipo de obra a realizar: 3.1- Obras que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendios: 3 puntos.
3.2- Mejora y acondicionamiento de vivienda para accesibilidad: 4 puntos.
3.3- Deficiencias estructurales en la vivienda: 5 puntos.
3.4- La realización de obras necesarias para la conexión de las aguas residuales domiciliarias a la red de saneamiento: 3 puntos.
Enmienda 16. Eliminación
TEXTO ORIGINAL:
Base Séptima. – Criterios preferentes para el desempate que se priorizan a la hora de valorar las ayudas
- Unidades familiares con menos recursos económicos.
- Estado de conservación más deficitario de la vivienda en relación con las condiciones mínimas de habitabilidad, incluyéndose dentro de este concepto las carencias de accesibilidad.
- La realización de obras necesarias para la conexión de las aguas residuales domiciliarias a la red municipal.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
1.- Unidades familiares con menos recursos económicos. 5 PUNTOS
2.- Estado de conservación más deficitario de la vivienda en relación con las condiciones mínimas de habitabilidad, incluyéndose dentro de este concepto las carencias de accesibilidad. 3 PUNTOS
3.-La realización de obras necesarias para la conexión de las aguas residuales domiciliarias a la red municipal. 2 PUNTOS
Enmienda 17. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Octava.- Documentación
d) En caso de separación o divorcio: sentencia de separación o divorcio y convenio regulador. En su defecto, declaración jurada de no poseer dicha documentación. Si la persona solicitante no percibiera pensión alimenticia establecida en resolución judicial, presentará documentación que acredite haber realizado la correspondiente denuncia. En el caso de no poseer sentencia de separación o divorcio y/o convenio regulador aportará declaración responsable de no poseer dicha documentación.
TEXTO ENMENDADO:
d) En caso de separación o divorcio: sentencia de separación o divorcio y convenio regulador. Así mismo, declaración jurada de no convivencia con otra persona (pareja de hecho). Certificado de convivencia expedido por el policía local acreditativo de la declaración jurada. En su defecto, declaración jurada de no poseer dicha documentación. Si la persona solicitante no percibiera pensión alimenticia establecida en resolución judicial, presentará documentación que acredite haber realizado la correspondiente denuncia. En el caso de no poseer sentencia de separación o divorcio y/o convenio regulador aportará declaración responsable de no poseer dicha documentación.
Enmienda 18. Adición
TEXTO ORIGINAL:
Base Octava.- Documentación
TEXTO ORIGINAL:
Base Octava.- Documentación
G. apartado 2: En el caso de las comunidades de vecinos deberá aportar documento acreditativo de representación de la comunidad y estatutos de la comunidad.
TEXTO ENMENDADO.
G. apartado 2: En el caso de las comunidades de vecinos deberá aportar documento acreditativo de representación de la comunidad y estatutos de la comunidad. Así mismo, acta de aprobación, debidamente conformada, en la que conste el acuerdo de la solicitud y la aceptación de las condiciones de concesión.
Enmienda 19. Adición
TEXTO ORIGINAL:
Base Octava.- Documentación
m) Informe del facultativo del Servicio Canario de Salud que acredite movilidad reducida, si procede.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
m) Informe del facultativo del Servicio Canario de Salud que acredite movilidad reducida, si procede, y declaración jurada de carecer del certificado de discapacidad expedido por el órgano competente.
Enmienda 20. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Novena. Cuantía individualizada de la subvención o criterios para su determinación.
1.-Las ayudas individuales a otorgar por los Ayuntamientos no podrán superar la cantidad prevista en la Convocatoria por beneficiario, bien se trate de propietarios individuales o comunidades de propietarios.
En supuestos excepcionales de extrema necesidad, se podrá incrementar la citada cuantía en base a los informes técnicos municipales justificativos de tal circunstancia, con el objeto de poder atender y solucionar globalmente alguna de las deficiencias de la vivienda, debiendo dejar constancia en todo caso en el expediente y sin que, en ningún caso el importe final de las ayudas a otorgar por el beneficiario supere la cantidad que se establezca Programa Insular de rehabilitación de vivienda para estos casos. 2.-No obstante, si a criterio de los técnicos municipales en base a los supuestos anteriormente expuestos, se estima que el importe de ayuda a otorgar por beneficiario debe superar la cantidad que se establezca Programa Insular de rehabilitación de vivienda, será el ayuntamiento correspondiente el que asuma el exceso de financiación sobre dicha cantidad.
TEXTO ENMENDADO:
1.-Las ayudas individuales a otorgar por los Ayuntamientos no podrán superar la cantidad prevista en la Convocatoria por persona beneficiaria, bien se trate de propietarios individuales o comunidades de propietarios.
En supuestos excepcionales de extrema necesidad, se podrá incrementar la citada cuantía en base a los informes técnicos municipales justificativos de tal circunstancia, con el objeto de poder atender y solucionar globalmente alguna de las deficiencias de la vivienda, debiendo dejar constancia en todo caso en el expediente y sin que, en ningún caso el importe final de las ayudas a otorgar a la persona beneficiaria, no supere la cantidad que se establezca en la convocatoria.
2.-No obstante, si a criterio de los técnicos municipales en base a los supuestos anteriormente expuestos, se estima que el importe de ayuda a otorgar por beneficiario debe superar la cantidad que se establezca en la convocatoria de rehabilitación de vivienda, será el ayuntamiento correspondiente el que asuma el exceso de financiación sobre dicha cantidad.
Enmienda 21. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Décima. Plazo y forma de justificación.
1. El plazo para la ejecución de la totalidad de las obras de rehabilitación será el indicado en el Programa Insular de rehabilitación de vivienda y se especificará en la Convocatoria correspondiente.
TEXTO ENMENDADO:
1. El plazo para la ejecución de la totalidad de las obras de rehabilitación será el indicado en la convocatoria correspondiente de rehabilitación de vivienda y se especificará en la Convocatoria correspondiente.
Enmienda 22. Adición
TEXTO ORIGINAL:
Base Décima. Plazo y forma de justificación.
2b) Documentación fotográfica suficiente que refleje la situación final del elemento o zona restaurada.
2b) Documentación fotográfica suficiente que refleje la situación final del elemento o zona restaurada. Así mismo, certificación expedida por la oficina técnica del ayuntamiento en cuya virtud se acredite la cumplimentación de las obras subvencionadas en todos sus términos.
Enmienda 23. Eliminación parcial
TEXTO ORIGINAL:
Base Décima. Plazo y forma de justificación.
3.La presentación de la documentación justificativa señalada en el punto dos podrá realizarse como máximo en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de finalización de las obras que se especificará en cada Convocatoria y estará supeditada a la aprobación del Programa Insular de Rehabilitación de Vivienda.
TEXTO ENMIENDA:
3. La presentación de la documentación justificativa señalada en el punto dos podrá realizarse como máximo en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de finalización de las obras que se especificará en cada convocatoria.
Enmienda 24. Sustitución
TEXTO ORIGINAL:
Base Décima. Plazo y forma de justificación.
6. El beneficiario deberá justificar que la totalidad de la subvención recibida ha sido destinada al pago de las obras realizadas.
Como quiera que según la Base 5 apartado 8 presenta la particularidad del carácter anticipado de la subvención además de que el abono se le hace al profesional que presta el servicio de obra. En consecuencia, se propone:
TEXTO DE LA ENMIENDA:
6. El beneficiario y el perceptor material de la subvención deberán justificar, de forma conjunta que la totalidad de la subvención recibida ha sido destinada al pago de las obras realizadas. Siendo la justificación principal la que corresponde al profesional de las obras realizadas.
Enmienda 25. Adición
TEXTO ORIGINAL:
Base Décima. Plazo y forma de justificación.
7. Transcurrido el plazo máximo de justificación sin haberse presentado la misma, se requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días hábiles la presente, con apercibimiento de que de no hacerlo se cancelará la subvención y se le solicitará su reintegro.
TEXTO DE LA ENMIENDA
7. Transcurrido el plazo máximo de justificación sin haberse presentado la misma, se requerirá al beneficiario y al profesional de la obra para que en el plazo improrrogable de 15 días hábiles la presenten, con apercibimiento de que de no hacerlo se cancelará la subvención y se le solicitará su reintegro.
Enmienda 26. Adición
TEXTO ORIGINAL:
Base Décima. Plazo y forma de justificación.
7.(párrafo 3) La justificación por importe inferior dará lugar al prorrateo que corresponda. TEXTO DE LA ENMIENDA:
7.(párrafo 3) La justificación por importe inferior dará lugar al prorrateo que corresponda. Siempre y cuando se de certificación de la oficina técnica del ayuntamiento por la que se acredite que las obras se adecuan a la eficacia de las subvencionadas.
Enmienda 27. Adición
TEXTO ORIGINAL:
Artículo 8. Principios generales.
3. La gestión de las subvenciones a que se refiere esta ley se realizará de acuerdo con los siguientes principios:
a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante. c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
TEXTO DE LA ENMIENDA:
Artículo 8. Principios generales.
3. La gestión de las subvenciones a que se refiere esta ley se realizará de acuerdo con los siguientes principios:
a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante. c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
En consecuencia, se propone la publicación en el tablón de anuncios / portal de transparencia del ayuntamiento de las subvenciones concedidas. Con expresión de nombre y apellido de el/la solicitante. Puntuación obtenida. Subvención concedida.
Enmienda 28. Sustitución
Sustituir el término “beneficiario” por “persona beneficiaria”, de esta forma se utiliza un lenguaje epiceno.
Justificación:
El derecho a una vivienda digna está reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española, lo que implica una obligación para los poderes públicos de promover las condiciones necesarias para hacerlo efectivo. En este contexto, los ayuntamientos, como administración más cercana a la ciudadanía, juegan un papel clave en el desarrollo de políticas de acceso a la vivienda, especialmente en lo que respecta a la planificación urbana, la promoción de vivienda pública, la rehabilitación del parque inmobiliario y la atención a situaciones de vulnerabilidad social.
En los últimos años, numerosos municipios han experimentado un aumento de situaciones relacionadas con la usurpación irregular de inmuebles, generando preocupación en los vecinos tanto por motivos de convivencia como por la sensación de inseguridad. Si bien es cierto que estas situaciones pueden tener múltiples causas y realidades sociales distintas, corresponde a las administraciones públicas, según sus funciones, garantizar el equilibrio entre la defensa de la legalidad, la convivencia vecinal y la atención a los más vulnerables.
Por ello, resulta oportuno impulsar desde el ámbito municipal herramientas que permitan detectar y actuar ante estas situaciones, siempre con pleno respeto a los derechos fundamentales y dentro del marco competencial del Ayuntamiento. Ello incluye la coordinación entre servicios sociales y cuerpos de seguridad, la planificación de vivienda pública, la gestión del patrimonio municipal y la colaboración con otras administraciones públicas.
El Ayuntamiento debe actuar desde la prevención, el diagnóstico riguroso y la intervención responsable, adoptando una postura ética, justa y legal que proteja tanto los derechos de la propiedad privada, como derecho fundamental que emana de la constitución española, así como el bienestar colectivo y la cohesión social del municipio.
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO. Adoptar el compromiso de destinar un 10% anual acumulable, del Capitulo 6.- Gasto en Inversión, del presupuesto municipal a políticas de construcción o rehabilitación de viviendas adquiridas, durante los próximos cinco años, condicionado al cumplimiento del principio de sostenibilidad financiera y en el marco de colaboración con otras administraciones competentes.
(Conforme al punto 1 admitido en el informe jurídico de la Secretaría General).
SEGUNDO. Establecer el compromiso de colaborar con el Cabildo Insular de Tenerife para participar en el Programa Activa Suelo, destinado a la adquisición de suelo para la construcción de viviendas destinadas al alquiler social en municipios con más de 20.000 habitantes.
(Conforme al punto 2 admitido en el informe jurídico de la Secretaría General)
TERCERO. Colaborar con el Cabildo de Tenerife, en el marco del Programa Insular Activa Suelo, para la adquisición de solares aptos para edificación de viviendas protegidas en régimen de alquiler, así como la adquisición de terrenos y si fuese necesario para que adquieran la condición suelo urbano dotacional, realizar las modificaciones puntuales del planeamiento para que adquieran esa condición y por último la ejecución de la urbanización de estos terrenos municipales, siempre que su destino final sea la construcción de vivienda protegida.
(Conforme al punto 3 admitido en el informe jurídico de la Secretaría General)
CUARTO. El Pleno del Ayuntamiento de San Miguel de Abona manifiesta su rechazo al allanamiento o la usurpación ilegal de viviendas en el municipio, reafirmando el compromiso de esta corporación con la legalidad, la convivencia vecinal y el derecho a una vivienda digna, desde una perspectiva municipalista.
(Conforme al punto 4 admitido en el informe jurídico de la Secretaría General)
QUINTO.Solicitar un informe oficial a la Policía Local de San Miguel de Abona y, en su caso, a la Guardia Civil, sobre las denuncias registradas en el municipio por presunta usurpación o allanamiento de inmuebles, con el fin de conocer el alcance real de estas situaciones desde un enfoque riguroso y basado en datos contrastados y localizados en el municipio.
SEXTO. Instar a los Servicios Sociales municipales a informar si existe constancia de casos de usurpación o allanamiento detectados en coordinación con las fuerzas de seguridad, en especial aquellos vinculados a situaciones de emergencia social o vulnerabilidad.
SÉPTIMO. Realizar campañas informativas sobre cómo se debe solicitar acceso a las Vivienda de Protección Oficial tanto de promoción pública como de promoción Privada, así como de la propia existencia de la Oficina Municipal de Viviendas.
OCTAVO. Instar a la Sociedad Municipal de Urbanización y Vivienda de San Miguel de Abona a que le dé prioridad al expediente de adquisición de viviendas para destinarlas a Viviendas de Protección Oficial en régimen de alquiler.
El Grupo Socialista presenta al Pleno 2 enmiendas a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencia urbanísticas
Justificación:
Se presentan dos enmiendas para aportar a la ordenanza una mayor comprensión desde el punto de vista sintáctico así como mayor seguridad jurídica.
Por todo ello se proponen las siguientes enmiendas.
1ª ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN)...
Votos: A FAVOR UNANIMIDAD
En la redacción actual se pone el titulo y luego el numero del articulo.
“I.- Fundamento y naturaleza
Artículo 1.”
Se propone una nueva redacción poniendo el artículo y su número y a continuación el nombre y así sucesivamente en todos los artículos de esta ordenanza.
Ejemplo: Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
2ª ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN)
Votos: A FAVOR: PSOE. EN CONTRA: CC. ABSTENCIÓN: PP
Se propone sustituir una parte del texto al final de párrafo
1.Las personas que concurren son las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sea la persona propietaria o en su defecto las empresas que realicen las obras, instalaciones o construcciones, para ello estas últimas, deberán acreditar la vinculación jurídica con la persona propietaria
Justificación:
Ante la actual situación de encarecimiento de los alquileres y el precio de venta de las viviendas, principalmente causado por la falta de viviendas en el mercado del alquiler y de la compraventa, lo que está ocasionando que la vecindad sanmiguelada no pueda acceder a la vivienda, generando un problema habitacional.
En un compromiso firme por el que entendemos que tanto las viviendas protegidas de promoción pública, como las viviendas protegidas de promoción privada, deben tener derecho a la misma bonificación. Y entendiendo por vivienda protegida de promoción privada, según establece las normas de la comunidad autónoma canaria, que estas son aquellas que, reuniendo los requisitos de superficie, uso, destino, calidad y precio máximo reglamentarios, y no estando el acceso a las mismas sujeto a un procedimiento administrativo reglado, reciban esa calificación por el Instituto Canario de la Vivienda. Y que pueden ser promotores de viviendas protegidas de promoción privada cualquier persona física o jurídica, privada o pública, en este último supuesto en ejercicio de la iniciativa pública económica.
También es conocido que en San Miguel de Abona, la autoconstrucción ha sido desde siempre una modalidad mediante la cual muchas familias sanmigueleras han logrado tener acceso a sus viviendas. Por lo que este uso y costumbre se ha llegado a convertir en un acervo cultural, que se transmite entre generaciones y que por lo tanto desde las administraciones locales debemos fomentar y proteger.
Por otro lado existen los planes, de otras administraciones, para la rehabilitación de viviendas y que este ayuntamiento dispone de una ordenanza para la otorgación de subvenciones para la rehabilitación de viviendas . En cuanto a estas rehabilitaciones muchas llevan aparejadas el pago del impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO), el cual debería estar bonificado para estos casos en los que la vecindad se ve en la necesidad de acogerse a estas subvenciones.
El municipio de San Miguel de Abona dispone de una importante actividad comercial y de servicios, pero para que esta actividad siga localizada en nuestro municipio debemos propiciar que las reformas o nuevas instalación de negocios en edificaciones existentes sean atractivas desde el punto de vista del impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO) a pagar.
Por último, no podemos olvidarnos de algo, por pocos conocido, como es que este municipio está adherido a la iniciativa de la Comisión Europea denominada “Pacto de las Alcaldías para el Clima y la Energía Sostenible” (PACES). Esta es una iniciativa poco desarrollada en nuestro municipio después de 10 años, por ello, esta administración local debe fomentar y ayudar a implantarla para que podamos llegar a los objetivos marcados.
Por todo ello se proponen las siguientes enmiendas.
1ª ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN)
Votos: A FAVOR UNANIMIDAD
En la redacción actual se pone el titulo y luego el numero del articulo.
“Fundamento y naturaleza
Artículo 1.”
Se propone una nueva redacción poniendo el artículo y su número y a continuación el nombre y así sucesivamente en todos los artículos de esta ordenanza.
Ejemplo: Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
2ª ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN)
Votos: A FAVOR: PSOE. EN CONTRA: CC. ABSTENCIÓN: PP
Se propone sustituir una parte del texto al final de párrafo
Personas que concurren
Artículo 3.
1.- Las personas que concurren de este impuesto, a título de contribuyentes, las personas físicas, personas jurídicas o las entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sea la persona propietaria o en su defecto las empresas que realicen las obras, instalaciones o construcciones, para ello estas últimas, deberán acreditar la vinculación jurídica con la persona propietaria
3ª ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN)
Votos: A FAVOR: PSOE. EN CONTRA: CC. ABSTENCIÓN: PP
Base Imponible, cuota y devengo.
Artículo 4.
3. El tipo de gravamen en relación a la base imponible será el que se detalla en la siguiente tabla.
| BASE IMPONIBLE | GRAVAMEN |
| Hasta 150.000,00 euros | 2,00% |
| Mas 150.000,00 euros hasta 250.000,00 euros | 2,20% |
| Más de 250.000,00 euros | 2,50% |
4ª ENMIENDA. (ADICIÓN)
Votos: A FAVOR: PSOE. EN CONTRA: CC. ABSTENCIÓN: PP
Exenciones y bonificaciones.
Artículo 5.
Nuevo punto 2. Bis.- Tendrán una bonificación del 95 por 100 las cuotas por construcciones, instalaciones y obras referentes a explotaciones agropecuarias que sean de nueva implantación o en infraestructuras preexistentes. En este caso se exigirá la justificación del uso profesional de estas explotaciones, mediante alta de la actividad en la Hacienda Estatal.
5ª. ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN y ADICIÓN)
Votos: A FAVOR: PSOE. EN CONTRA: CC. ABSTENCIÓN: PP
Exenciones y bonificaciones.
Artículo 5.
3. Una bonificación del 50 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones y obras en la que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para el autoconsumo, así como las construcciones, instalaciones y obras de eficiencia energética que mejoren la calificación energética de las edificaciones preexistentes. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
6ª ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN Y ADICIÓN)
Votos: A FAVOR: PSOE. EN CONTRA: CC. ABSTENCIÓN: PP
Exenciones y bonificaciones.
Artículo 5.
4. Tendrán una bonificación del 75 por 100 las cuotas por construcciones, instalaciones u obras referentes a las viviendas de protección oficial o protegidas, tanto de promoción pública como privada.
Esta bonificación sólo será de aplicación a aquella parte de las obras que se refieran directamente a la ejecución de viviendas, no afectando a otros inmuebles accesorios a las mismas, que no disfruten de tal calificación, tales como locales comerciales, piscinas, etc.
7ª. ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN)
Votos: A FAVOR: UNANIMIDAD
Exenciones y bonificaciones.
Artículo 5.
Punto 5, letra C. Eliminar la palabra “minusvalía” y sustituirla por “persona con discapacidad”
8ª. ENMIENDA. (ADICIÓN)
Votos: A FAVOR: PSOE. EN CONTRA: CC. ABSTENCIÓN: PP
Exenciones y bonificaciones.
Artículo 5.
Nuevo punto número 6. Bis. Tendrá una bonificación del 50 por 100 las cuotas por construcción, instalación, u obras de reformas referentes a los locales preexistentes destinados a uso comercial.
9ª. ENMIENDA. (SUSTITUCIÓN)
Votos: A FAVOR: UNANIMIDAD
Gestión.
Artículo 6.
Punto 3. Se propone sustituir donde dice “procedimiento establecido por el área económica”, por “lo que dictamine Ley 58/2003, General Tributaria, y con las demás normas que la complementen y desarrollen, así como con lo establecido en la Ordenanza Fiscal de Gestión y Recaudación”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
San Miguel de Abona se ha convertido en uno de los destinos turísticos emergentes de la isla de Tenerife. En particular, las zonas de Golf del Sur y Amarilla Golf han concentrado una oferta turística creciente que ha situado al municipio entre los más dinámicos del sur de la isla.
Según los datos del Gobierno de Canarias, publicados en el BOC 2024/50, el municipio cuenta con 925 viviendas vacacionales, 16 establecimientos extrahoteleros (11 de tipología apartamento, 2 casas emblemáticas y 3 casas rurales) y 6 establecimientos hoteleros, lo que supone 3.800 plazas, sin contar las viviendas vacacionales, distribuidas de la siguiente manera:
| Tipos de establecimientos | N.º de establecimientos | N.º de plazas |
| Apartamentos | 11 | 2.626 |
| Casas emblemáticas | 2 | 12 |
| Casas rurales | 3 | 28 |
| Viviendas vacacionales | 925 | |
| Total establecimientos extrahoteleros | 941 | 2.666 |
| Hoteles | 4 | 1.111 |
| Hoteles emblemáticos | 1 | 7 |
| hoteles rurales | 1 | 16 |
| Total establecimientos hoteleros | 6 | 1.134 |
Fuente: BOC 2024/50, concretamente en el anexo ubicado en la página 7794 del citado documento
Según el Instituto Canario de Estadística (ISTAC), el número de pernoctaciones en San Miguel de Abona durante los últimos tres años, ha ido incrementándose, a tal punto que la población extranjera que visita el municipio, pernocta alrededor de seis días y la población nacional pernocta en San Miguel de Abona una media de cuatrodías. (Fuente de la información)
Sin embargo, este importante volumen de visitantes genera también una carga estructural sobre los servicios municipales que actualmente es soportada en su totalidad por los sanmigueleros y sanmigueleras. Hablamos de servicios de limpieza, mantenimiento de espacios públicos, consumo de agua, seguridad, control del litoral y del medio ambiente, gestión del tráfico y de residuos, entre otros.
La carga fiscal que ya soportan los vecinos y vecinas de San Miguel de Abona no es menor, especialmente si consideramos su capacidad económica real, la cual, según la Agencia Tributaria, indica que en el año 2022 la renta bruta media de los declarantes del municipio fue de 23.170 € y la renta disponible media (la que le queda a cada vecino y vecina de San Miguel de Abona) es de 19.636 euros, la población sanmiguelera ingresó ese año, por concepto de IRPF, un total de 18 millones de euros aproximadamente.
Los datos de la Agencia Tributaria demuestran que San Miguel de Abona está muy por debajo de la media nacional (renta bruta: 30.400€ / renta media disponible: 24.542€) y autonómica (renta bruta: 26.500 € / renta media disponible: 22.062 €). (Fuente de la información)
Solo el 1,23% de los vecinos y vecinas de San Miguel de Abona supera los 60.000 € anuales en sus declaraciones de IRPF, lo que supone que la mayoría de la ciudadanía sanmiguelara es esencialmente asalariada., es decir, personas trabajadoras que dependen de un sueldo.
Las principales fuentes de ingresos del Ayuntamiento de San Miguel de Abona son el I.B.I y las transferencias de otras administraciones supramunicipales.
Tal y como se recoge en el cuadro 1, la población sanmiguelera ingresó en 2024 un 21% del presupuesto municipal pagando sus tasas e impuestos. También aportó a través del IRPF el 50%, es decir, que el 70% del presupuesto municipal de 2024, (27.218.358€), salieron del bolsillo de los sanmigueleros y sanmigueleras y el resto que falta (aproximadamente 10 millones), fueron aportaciones por tasas de servicios prestados por el ayuntamiento. En resumen, la carga sobrecae en la vecindad sanmiguelera.
| AÑO | Recaudación IRPF en el municipio | Transferencias de otras administraciones | Impuestos directos (IBI,IAE,PLUSVALIA) | Presupuesto |
| 2022 | 18.263.521 | 12.508.280,57 | 3.344.012,00 | 18.484.807,51 |
| 2023 | 19.716.339 (+7,9%) | 13.332.509,86 | 8.216.386,83 | 25.159.261,56 |
| 2024 | 21.214.750 (+7,6%) | 18.932.850,62 | 8.285.508,62 | 37.861.095,65 |
Fuente: Elaboración propia con datos extraídos de la Agencia Tributaria y de los presupuestos del propio Ayuntamiento de San Miguel de Abona.
Con estos datos, queda más que evidenciado que no es justo ni sostenible que esta creciente presión turística se sostenga exclusivamente por parte de los vecinos y vecinas de San Miguel de Abona. Quienes nos visitan, también tienen que aportar y pagar los servicios que consumen, tal y como hacen los vecinos y vecinas de San Miguel de Abona.
Por todo ello, el PSOE de San Miguel de Abona propone los siguientes acuerdos:
Primero. Iniciar los trámites administrativos para la elaboración y aprobación de una Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estancias Turísticas en San Miguel de Abona.
Segundo. Establecer una tasa por persona y noche, aplicable a todas las estancias en alojamientos turísticos reglados (hoteles, apartamentos, viviendas vacacionales, rurales, etc.).
Tercero. Estarán exentos del pago de esta tasa los residentes canarios.
Cuarto. El destino de la recaudación será finalista.
1. Promoción turística del municipio.
2. Mantenimiento y embellecimiento de la zona turística.
3. Conservación del litoral y del patrimonio; paisajístico, patrimonial y cultural del municipio.
4. Mejora de las infraestructuras para el servicio público de transporte (paradas de transporte público de guaguas y taxis; aseos, accesibilidad, sombras, etc).
Quinto. Se iniciará un proceso previo de participación ciudadana, considerando que afecta a la totalidad de los habitantes del municipio.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Cualquier servicio público que implique plazas limitadas ha de llevar, necesariamente, unas bases reguladoras que garanticen la igualdad de la ciudadanía ante la ley.
Las bases reguladoras permitirán atender con mayor sensibilidad la situación de las familias con menos recursos, mediante una tasa adaptada a los niveles de renta y circunstancias familiares, contribuyendo a que ningún menor quede fuera por motivos económicos.
Actualmente, San Miguel de Abona carece de una regulación específica para los campamentos que se organizan, ya sean de verano u otras épocas del año. Tampoco existe una normativa concreta para actividades culturales o deportivas similares, lo cual deja a las familias sin una referencia clara sobre derechos, deberes y criterios de acceso.
Por todo ello, el PSOE de San Miguel de Abona propone los siguientes acuerdos:
PRIMERO.– Se inicien los trámites necesarios para la creación de unas Bases Reguladoras que estructuren y regulen el acceso y la organización de los campamentos infantiles y juveniles en el municipio de San Miguel de Abona.
SEGUNDO. -- Dichas Bases reguladoras tendrán, al menos, los siguientes criterios de valoración:
1-Estar empadronado/a en el municipio de San Miguel de Abona.
2-Renta per cápita (favoreciendo de menor a mayor).
3-Infancia con discapacidad.
4-Familias numerosas.
5-Familias monoparentales.
6-En ningún caso podrá tenerse como criterio el número de registro de entrada de la solicitud.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Visto que el remanente inmovilizado de tesorería del que dispone el Ayuntamiento de San Miguel de Abona ronda los 41 millones de euros. El PSOE de San Miguel de Abona propone los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Proponemos que parte del remanente de tesorería, aún no comprometido, se invierta en los siguientes conceptos, a los que le hemos asignado una estimación del costo total de la inversión:
1. Terminación de la piscina municipal del casco, 6 millones euros. Fundamentación. Considerando el mandato constitucional del deber de las administraciones públicas a organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios, fomentando la educación física y el deporte y la adecuada utilización del ocio, fundamento que se desarrolla en la legislación en materia de deporte. Debiendo tener en cuenta la localización de la obra en ejecución a falta de finalizar. Máxime, considerando que el equipamiento "piscina" es el recurso intergeneracional por excelencia, en tanto que el perfil de los usuarios comprende a vecinos y vecinas de todas las edades.
2. Ampliación del colegio público de Aldea Blanca, 900.000 euros. La comunidad educativa y la vecindad de Aldea Blanca, dada la profusión de niños en edad escolar, nos han trasladado la necesidad de la ampliación de las instalaciones del colegio público de Aldea Blanca, para así poder contar con más servicios como son los de comedor, más aulas, zonas de sombra en el patio, etc. Todo ello permitirá y garantizará el acceso de todas las familias de este barrio en igualdad de condiciones a la conciliación educativa, laboral y familiar.
3. Obra de encauzamiento y urbanización de los barrancos de Aldea Blanca, 4,2 millones de euros. En el plan hidrológico de la isla de Tenerife aparecen tres puntos rojos de inundación en el municipio de San Miguel de Abona, uno de ellos y quizás el más preocupante, ya que en anteriores ocasiones se ha producido inundaciones de viviendas colindantes a estos barrancos es el de Aldea Blanca.
4. Adquisición de suelo público en Guargacho, para destinarlo a la creación de bolsas de aparcamiento, 1,5 millones de euros. La parte antigua de Guargacho (de la ermita hacia la costa) tiene una tipología urbanística y constructiva de alta colmatación, así como de autoconstrucción, en la cual no se planificó la dotación de aparcamientos subterráneos. Esto está ocasionando una alta conflictividad a la hora de que las personas puedan aparcar, generando pérdidas de tiempo, que se aparque en zonas no autorizadas para ello (pasos de peatones, aparcamiento reservados a movilidad reducida, farmacia, vados, etc), situaciones de estrés y conflictividad entre la vecindad y personas visitantes del barrio.
SEGUNDO.- Que se realicen las modificaciones presupuestarias correspondientes para que se incluya, en el presupuesto municipal de este año, los importes estimados en el punto anterior.
TERCERO.- Que se liciten y contraten la realización o actualización de los proyectos técnicos necesarios para estas inversiones. Y se lleve a cabo la ejecución de los mismos.
CUARTO.- Que se eliminen los obstáculos que puedan impedir la solicitud de colaboración interadministrativa en materia de subvenciones para los citados proyectos.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Visto que el frente de la plaza del Agricultor, que da a la carretera a Los Abrigos, se encuentra la estatua en honor a los agricultores y agricultoras sanmigueleras, la cual está tapada por la marquesina de la parada de guaguas.
También esta parada de guagua se encuentra ubicada en la entrada y salida de la calle Casino, bloqueando el acceso a esta calle cuando las guaguas realizan paradas para recoger o dejar usuarios. Además al final de esta acera se encuentra un paso de peatones con un aparcamiento previo que impide la visibilidad de peatones y conductores al estar estacionados los vehículos, con el consiguiente riesgo de accidentes y atropellos.
ACUERDOS QUE SE PROPONEN:
PRIMERO.- Proponemos se redacte el proyecto técnico, el cual recoja las modificaciones necesarias para ubicar la parada de guagua más adelante, es decir en el lateral de la plaza que da a la carretera a Los Abrigos y reubicando la marquesina al inicio de esta parada.
SEGUNDO.- Que se realicen las modificaciones presupuestarias correspondientes para que se incluya, en el presupuesto municipal de este año.
TERCERO.- Que se contrate la realización del proyecto técnico necesarios para estas inversiones. Se licite esta obra y se lleve a cabo la ejecución de la misma.
CUARTO.- Que se eliminen los obstáculos que puedan impedir la solicitud de colaboración interadministrativa para la ejecución de dicha obra.
Exposición de motivos:
La extensa normativa de aplicación a todas las administraciones públicas en materia de eliminación de barreras arquitectónicas; habilitación de la accesibilidad, instauración de aparcamientos especiales para personas con movilidad reducida, obligación de respetarlos y hacerlos respetar y demás condicionamientos dirigidos a facilitar la movilidad competen y obligan también, a este ayuntamiento.
E insistimos, dado que últimamente es notorio y con demasiada frecuencia la inobservancia de dichas normas. Esto es:
Sigue existiendo, para mayor gravedad en las dependencias municipales, aparcamiento con la leyenda de “aparcamiento para minusválido”. Término este peyorativo, por lo despectivo de su acepción.
1.-Siguen sin cumplirse las medidas físicas correspondientes, y legisladas para los mismos.
2.-Sigue el propio ayuntamiento, ocupando aparcamientos reservados para la movilidad reducida y cada vez que les parece, para ubicar vehículos de servicios generales o generadores de electricidad con ocasión de fiestas locales. Con lo que conlleva de ejemplo de desprecio hacia precisamente, las personas de movilidad reducida.
3.-Siguen estando los pasos de peatones lejos de las zonas de intercambio de acera en los casos de accesos a comercios, o tiendas de comestibles.
4.-Y nuestra población ha aumentado un 114 % en los últimos 20 años.
5.-A ello hay que sumar la cada vez mayor cantidad de personas, que, sin tener certificación acreditativa de discapacidad, sencillamente son de avanzada edad y en consecuencia, muchas de ellas tienen dificultades ante las barreras arquitectónicas como las aceras indebidamente preparadas para facilitar la accesibilidad.
Por todo ello, proponemos:
PRIMERO.- Que se encomiende la redacción del correspondiente proyecto técnico, en virtud del cual se detecten las anomalías existentes al efecto. Y a su vez se determinen las modificaciones y/o habilitaciones necesarias para dar cumplimiento legal a las deficiencias detectadas, así como, los costes de las dichas actuaciones.
SEGUNDO.- Que se realicen las modificaciones presupuestarias correspondientes para que se incluya, en el presupuesto municipal de este año.
TERCERO.- Se licite esta obra y se lleve a cabo la ejecución de la misma, a la mayor brevedad dada su relevancia social.
CUARTO.- Que, de ser necesario, se eliminen los obstáculos que puedan impedir la solicitud de colaboración interadministrativa para la ejecución de dicha obra.
Exposición de motivos:
Durante los últimos meses, el barrio de Guargacho ha estado afectado por obras que han limitado, de manera significativa, la utilización de sus garajes con sus correspondientes vados. Esta situación ha provocado que los vecinos y vecinas, a pesar de haber abonado los correspondientes pagos de las tasas de vado, no hayan podido hacer uso efectivo de los mismos.
Dado que la imposibilidad de utilizar estos vados se ha prolongado durante un período considerable, entendemos que procede aplicar medidas que compensen a la ciudadanía afectada. Asimismo, es necesario establecer la bonificación de los pagos correspondientes mientras duren las obras, con el objetivo de garantizar equidad y justicia para los vecinos y vecinas de Guargacho.
Acuerdos que se proponen:
PRIMERO.- Que se proceda a la devolución de los importes abonados por los vados durante el período en que las obras han impedido su uso efectivo.
SEGUNDO.- Que se establezca una bonificación proporcional de los pagos de vados mientras se mantengan las obras en el barrio, garantizando que los vecinos y vecinas no sufran perjuicio económico durante este tiempo.
TERCERO.- Que se realicen las modificaciones presupuestarias necesarias para cubrir las devoluciones del año 2025 y las bonificaciones del 2026.
CUARTO.- Que se adopten las medidas administrativas oportunas para agilizar la gestión de estas devoluciones y bonificaciones, eliminando cualquier obstáculo que pueda retrasar su implementación.
Exposición de motivos:
El acceso al aparcamiento del campo de fútbol de El Roque presenta actualmente múltiples deficiencias que afectan tanto a la seguridad de las personas usuarias como a la funcionalidad del espacio. El camino de acceso se encuentra en mal estado, lo que dificulta la circulación y aumenta el riesgo de accidentes.
La incorporación desde la carretera es compleja y poco segura, careciendo de señalización adecuada para advertir a conductores y peatones. Asimismo, el aparcamiento exterior al campo es insuficiente y no está debidamente acondicionado, lo que provoca dificultades para estacionar de manera ordenada y segura.
La falta de iluminación en esta zona incrementa los riesgos, especialmente durante las horas de menor luz, afectando tanto a peatones como a conductores.
Dada la importancia social y deportiva de este equipamiento para la ciudadanía, es necesario implementar mejoras que garanticen accesibilidad, seguridad y confort para todas las personas que utilizan el campo de fútbol.
Acuerdos que se proponen:
PRIMERO.- Que se encomiende la redacción del correspondiente proyecto técnico, que contemple la mejora del camino de acceso, la incorporación segura desde la carretera, la señalización adecuada, la creación de aparcamientos en el exterior del campo y la instalación de iluminación suficiente para garantizar la seguridad.
SEGUNDO.- Que se realicen las modificaciones presupuestarias necesarias para incluir estas actuaciones en el presupuesto municipal correspondiente.
TERCERO.- Que se licite la obra correspondiente y se ejecute a la mayor brevedad posible, priorizando la seguridad y el correcto acceso al campo de fútbol.
CUARTO.- Que se adopten las medidas administrativas oportunas para eliminar obstáculos y, en caso necesario, solicitar colaboración interadministrativa para la correcta ejecución de estas mejoras.
Exposición de motivos:
El CEIP El Monte, ubicado en Guargacho, es un centro educativo de referencia para numerosas familias de San Miguel de Abona. La comunidad educativa (dirección, profesorado y AMPA) ha manifestado reiteradamente su preocupación ante la negativa del Ayuntamiento de San Miguel de Abona a la solicitud de retirada de árboles foráneos (flamboyanes) ubicados en el patio de Educación Infantil, una actuación imprescindible para poder ejecutar la obra de techado prevista y financiada desde el año 2024 por la Consejería de Educación.
Dicho proyecto, vital para garantizar la seguridad, el bienestar y la protección del alumnado, no puede ejecutarse sin la intervención municipal en la zona afectada, donde el pavimento y las tuberías se encuentran deteriorados a causa de las raíces de varios árboles foráneos (flamboyanes).
A pesar de las reuniones mantenidas con representantes municipales y de las firmas presentadas por la comunidad educativa, más de 400, el Ayuntamiento sigue sin dar respuesta positiva a la retirada de los árboles foráneos.
Tanto la dirección del centro como el AMPA han coincidido en que la retirada de los árboles foráneos de la zona de infantil es la única solución técnica viable para evitar daños mayores y permitir la instalación segura del techado.
La comunidad educativa subraya que esta medida no se ha tomado a la ligera, sino como último recurso necesario para garantizar la seguridad y el bienestar del alumnado, no perder la financiación concedida para el techado y asegurar que el patio infantil cumpla su función educativa, lúdica y de convivencia en condiciones de seguridad, limpieza y amplitud.
Adicionalmente, el CEIP El Monte viene sufriendo desde hace tiempo problemas estructurales y de mantenimiento, como el deterioro del suelo, tuberías rotas y la falta de riego en el huerto escolar, incidencias comunicadas al Ayuntamiento que siguen sin estar solucionadas.
El AMPA y la dirección del centro insisten en que las raíces de los árboles han dañado las conducciones de agua, impidiendo el riego del huerto y afectando a un proyecto educativo y ambiental esencial para el colegio. La poda parcial, el control de las raíces y la reparación del pavimento, que nunca se realizaron por parte del Ayuntamiento, han agravado la situación del patio de Infantil.
Lo único que ha hecho el Ayuntamiento, sin comunicarlo previamente o negociarlo con el centro educativo, es la propuesta de instalar unas velas sin planificación ni aviso, que, según explican desde el propio centro escolar, no responden a las necesidades reales del centro ni a los criterios técnicos que espera el propio centro educativo.
La comunidad educativa de Guargacho ha expresado de forma unánime que la prioridad debe ser la seguridad y el bienestar del alumnado.
Por tanto, el Ayuntamiento de San Miguel de Abona debe asumir su responsabilidad institucional y colaborar urgentemente con el CEIP El Monte y el AMPA, al igual que lo está haciendo la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias, garantizando las condiciones necesarias para que el proyecto de techado pueda ejecutarse dentro del plazo establecido (antes de diciembre de 2025) y sin poner en riesgo la subvención obtenida.
ACUERDOS
UNO.– Instar al grupo de gobierno municipal a que, de manera inmediata, proceda a la retirada de los árboles foráneos del patio de Educación Infantil del CEIP El Monte (Guargacho), con el fin de permitir que el centro educativo ejecute el techado financiado con la partida presupuestaria disponible desde 2024, garantizando así la ejecución de la obra antes del mes de diciembre de 2025 y evitando la pérdida de dicha financiación.
DOS.– Que se replanten dichos árboles en otras zonas del barrio de Guargacho, donde no exista riesgo de dañar instalaciones públicas o privadas.
Justificación:
Una ordenanza debe ser lo más clara posible, ya que estas establecen la forma de relacionarse entre la vecindad y la administración pública local, por lo tanto, debe ser de fácil comprensión para la ciudadanía.
También se debe trasladar a esta ordenanza de forma clara lo que se introduce por primera vez en la Ley de residuos, que es el concepto de pago por la generación de residuos basados en la cantidad real de residuos que se generan. En definitiva, de lo que se trata es de incentivar prácticas más sostenibles y responsables con el objetivo de reducir la cantidad total de residuos generados y fomentar la reutilización y el reciclaje.
El objetivo principal es el de proporcionar incentivos para la separación en origen de los residuos reciclables, fomentando la reducción de los residuos mezcla, es decir, el que se deposita en los del contenedor gris.
Por todo ello se proponen las siguientes enmiendas.
1ª Enmienda. Adición. Que se creen las subtasa 5.5 con el concepto de academias y centros de formación hasta 300m², con un índice de actividad variable de 0,75 y un índice de actividad fijo de 0,75. Votación: A favor: PSOE. En contra: CC
2ª Enmienda. Adición. Que se creen las subtasa 5.6 con el concepto de academias y centros de formación entre 300 y 1000m², con un índice de actividad variable de 0,80 y un índice de actividad fijo de 0,80. Votación: A favor: PSOE. En contra: CC
3ª Enmienda. Adición. Que se creen las tasa 9 con la subtasa 9.1 con el concepto de Inmuebles o fincas destinadas a centros deportivos como Gimnasios, pistas de pádel o tenis, Campos de Golf, centros de deportes náuticos, etc., con un índice de actividad variable de 0,80 y un índice de actividad fijo de 0,80. Votación: A favor: PSOE. En contra: CC
4ª Enmienda. Sustitución. Que el punto 4. del Artículo 6 se redacte de la siguiente forma:
| Nº personas de la unidad familiar | Límite de ingresos |
| Una persona | SMI |
| Dos personas | SMI más el 25% del mismo |
| A partir de tres personas | SMI más el 50% del mismo |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El Cabildo Insular de Tenerife, con el apoyo de Coalición Canaria y el Partido Popular, aprobó una modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la exacción sobre el consumo de combustibles de automoción, estableciendo una tarifa especial de 2 céntimos de euros por litro —conocida como céntimo forestal o céntimo verde— que recaerá directamente sobre los usuarios de gasolina y gasóleo en la isla.
Desde el Grupo Municipal Socialista nos oponemos con firmeza a esta medida, porque representa un nuevo castigo fiscal para las familias trabajadoras de Tenerife, que se verán obligadas a pagar más por llenar el depósito de sus vehículos en un contexto económico ya de por sí difícil.
Esta decisión se adopta sin haber resuelto los graves problemas de movilidad de la isla: el transporte público es insuficiente, muchas líneas están saturadas y miles de personas no pueden llegar a sus centros de trabajo, estudio o salud sin depender del vehículo privado.
Y esto afecta sobre todo a quienes menos recursos tienen. La clase trabajadora no vive en zonas con fácil acceso a servicios; se ha visto expulsada del centro por la presión inmobiliaria y depende cada vez más de largos desplazamientos, atascos diarios y horarios incompatibles con la oferta de guaguas.
Imponer este nuevo recargo a quienes no tienen otra alternativa que usar su coche es profundamente injusto. El mensaje que lanza el Cabildo es claro: en lugar de cobrar a quienes nos visitan en régimen turístico, usan y consumen recursos, se opta por cobrar más a quienes vivimos, trabajamos y sostenemos esta isla cada día.
Mientras tanto, se rechazan opciones fiscales más justas y sostenibles como la ecotasa turística, que grave las pernoctaciones de visitantes no residentes y libere a la población local de esta carga. Esta alternativa, propuesta por el PSOE, fue rechazada por el actual grupo de gobierno insular, que, sin embargo, ahora impone este tributo regresivo a los residentes.
Y lo más grave es que el Cabildo no tiene una necesidad estructural de recaudación. Solo en los dos primeros años de este mandato ha dejado sin ejecutar más de 365 millones de euros, incluidos más de 27 millones en políticas ambientales. Lo que falta no es dinero, sino capacidad de gestión y voluntad política para distribuir la carga de forma justa.
Por todo ello, desde el municipalismo socialista alzamos la voz frente a una medida que consideramos profundamente injusta y equivocada. Los ayuntamientos somos la institución más cercana a la ciudadanía, la primera puerta a la que acuden las vecinas y vecinos cuando tienen un problema, una necesidad o una urgencia. Somos nosotros quienes escuchamos cada día las dificultades para llegar a fin de mes o para disponer de una vivienda digna, las quejas por el transporte público insuficiente, la angustia de los atascos interminables o el coste creciente de la vida en la isla.
No podemos guardar silencio ante decisiones que penaliza directamente a las personas que viven, trabajan y sacan adelante esta tierra con su esfuerzo diario. No podemos aceptar que se castigue a quienes tienen menos y que se exima a quienes más recursos tienen. No es justo que se imponga una carga fiscal sobre el depósito de gasolina de un trabajador que vive en Fasnia, Icod o San Miguel de Abona y debe desplazarse 40 kilómetros cada día para llegar a su puesto de trabajo, mientras se sigue rechazando la implantación de una ecotasa turística para quienes visitan la isla durante una semana y consumen territorio, infraestructuras y recursos sin contribuir de forma estructural a su sostenibilidad.
El municipalismo socialista es y seguirá siendo un escudo para la clase trabajadora, para la juventud que lucha por abrirse camino en su tierra, para los sectores productivos que siguen apostando por Tenerife en condiciones difíciles. Y desde ese compromiso, desde esa defensa de lo público, de lo justo y de lo necesario, decimos alto y claro: este céntimo verde no es verde, no es justo y no es aceptable.
Es por ello por lo que el Grupo Socialista propone el PLENO del Ayuntamiento de San Miguel de Abona que adopte los siguientes
ACUERDOS QUE SE PROPONEN:
PRIMERO.- Mostrar el rechazo del Ayuntamiento de San Miguel de Abona a la implantación del recargo sobre los carburantes propuesto por el Cabildo Insular de Tenerife (céntimo forestal o céntimo verde), por su carácter regresivo, socialmente injusto y económicamente innecesario.
SEGUNDO.- Instar al alcalde de este ayuntamiento a que, en el ámbito de la colaboración interadministrativa, proponga al Cabildo Insular de Tenerife la retirada de esta medida y promueva una fiscalidad ecológica justa y progresiva, basada en: la mejora del transporte público insular; alternativas reales para que la ciudadanía pueda prescindir del vehículo privado; medidas específicas de apoyo a las clases trabajadoras, jóvenes, autónomos, transportistas y el sector primario; y la creación de una ecotasa turística que grave a los visitantes no residentes por su uso del territorio y recursos.
TERCERO.- Reclamar que cualquier política de sostenibilidad ambiental en la isla se construya desde la justicia social y territorial, con mecanismos de participación real de los municipios, las organizaciones juveniles, vecinales, ambientales y del tejido económico, en definitiva con la debida participación ciudadana.
CUARTO.- Trasladar este acuerdo al Cabildo Insular de Tenerife, al Parlamento de Canarias, a la FECAM y a los colectivos sociales y vecinales del municipio.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Desde hace un año, la vecindad del barrio de Guargacho se ha visto afectada por las obras de saneamiento, las cuales, a pesar de ser necesarias, han imposibilitado hacer uso de sus garajes. Sin embargo, estos ciudadanos han abonado el correspondiente pago de la tasa del vado.
*El derecho de uso del vado, el cual se paga anualmente, permite al titular:
*Entrar y salir con su vehículo del inmueble libremente.
*Impedir el estacionamiento de cualquier vehículo en la zona señalizada del acceso.
*Derecho de uso que los vecinos no han disfrutado y que, sin embargo, se les ha cobrado. Esto claramente evidencia que el Ayuntamiento ha generado unos ingresos indebidos, los cuales no debe aceptar en sus arcas.
Dado que esta devolución no la contempla nuestra ordenanza municipal, nos amparamos a pedir esta devolución proporcional por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo) establece en su artículo 26.3 que:
“Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el derecho a la utilización o aprovechamiento del dominio público no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.”
La devolución proporcional del cobro indebido de las tasas de los vados afectados por obras públicas responde a un principio básico de justicia social, garantizando que la ciudadanía no asuma costes por derechos de uso que, por causas ajenas a su voluntad, no ha podido disfrutar.
ACUERDOS QUE SE PROPONEN:
PRIMERO.- Reconocer por parte de este ayuntamiento el derecho de los vecinos y vecinas a solicitar la devolución proporcional de la tasa de vado a consecuencia de las obras públicas.
SEGUNDO.- Iniciar expediente y que este establezca un procedimiento claro, transparente y sencillo para la devolución de las tasas de vado.
TERCERO.- Realizar las devoluciones proporcionales de la tasa de vado a los afectados o futuros afectados por esta misma causa.
Exposición de motivos:
Este ayuntamiento inició expediente 5300/2022 en el que se establece como objeto del mismo “la actualización del estudio socioeconómico existente sobre licencias de taxi en este Ayuntamiento, realizado en el año 2015 en qué se evalúa la adecuación del número de licencias existentes actualmente, a las necesidades del servicio de taxi en el término municipal de San Miguel de Abona”. Este estudio se termina el 22 de diciembre de 2022.
El 5 de diciembre de 2023 se inicia el expediente número 12649-2023 de convocatoria de plazas de taxi.
El 26 de diciembre de 2024 se firma por la alcaldía escrito dirigido al cabildo insular de Tenerife con el siguiente tenor literal “En relación al expediente nº 12649/2023, de creación de 4 licencias de auto-taxi (movilidad reducida) en este Municipio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 en relación con el artículo 11.1 del Reglamento del Servicio de Taxi, aprobado por Decreto 74/2012, de 2 de agosto, por la presente se le remite la ACTUALIZACIÓN DEL ESTUDIO DEL TAXI EN SAN MIGUEL DE ABONA, a los efectos de la emisión del informe preceptivo y no vinculante que determina la normativa señalada.”
El 8 de agosto de 2025 se publica en el B.O.C. la LEY 4/2025, de 1 de agosto, de modificación urgente de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, en la cual en su disposición transitoria primera y más concretamente en su punto tercero dice el siguiente tenor literal “DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Primera. Punto Tercero. En relación con las autorizaciones de taxi, esta suspensión afecta a las que se puedan solicitar a partir de la entrada en vigor de la presente ley, salvo que, con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto ley
6/2024, de 31 de julio, de modificación urgente de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, se hubieran iniciado formalmente los trámites para incrementar el número de licencias en el territorio correspondiente, en cuyo caso podrán otorgarse las autorizaciones que se deriven de dichos trámites.”
Acuerdos:
ÚNICO. - Se le de continuidad de forma urgente a la tramitación del expediente de concesión de nuevas licencias de taxi,
Exposición de motivos:
El barrio de El Frontón constituye uno de los núcleos residenciales con mayor identidad y arraigo del municipio de San Miguel de Abona. Sin embargo, en los últimos años, la zona ha evidenciado diversas carencias en materia de mantenimiento urbano, accesibilidad y seguridad vial, que repercuten directamente en la calidad de vida de la vecindad.
Una de las principales demandas de los vecinos y vecinas es la mejora de la señalización viaria, tanto horizontal como vertical. En diversos puntos del barrio, las señales se encuentran deterioradas o son insuficientes, lo que genera confusión en la circulación y riesgos innecesarios para peatones y conductores. La actualización y refuerzo de esta señalización resulta esencial para garantizar una movilidad segura y ordenada.
Otro aspecto relevante es la ausencia de aceras en determinados tramos del barrio. Esta carencia pone en riesgo la integridad de los peatones, especialmente de personas mayores, menores y personas con movilidad reducida. La construcción de aceras en las zonas que aún carecen de ellas es una cuestión de seguridad y accesibilidad que no puede seguir posponiéndose.
Por último, la falta de plazas de aparcamiento se ha convertido en un problema creciente. La ocupación de los márgenes de las vías genera conflictos y dificulta la circulación. Es necesario estudiar la disponibilidad de solares municipales o la posibilidad de habilitar nuevos espacios que permitan aliviar esta situación, atendiendo a las necesidades de los residentes.
El Grupo Municipal del PSOE considera que atender estas demandas vecinales es una cuestión de justicia y compromiso con los barrios. Mejorar El Frontón es mejorar San Miguel de Abona, impulsando un entorno más seguro, limpio y accesible para toda la ciudadanía.
Acuerdos que se proponen:
PRIMERO. Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona proceda a realizar un estudio técnico integral sobre las necesidades del barrio de El Frontón en materia de señalización, accesibilidad y aparcamiento.
SEGUNDO. Que se refuerce y actualice la señalización viaria en todo el barrio, priorizando las zonas con mayor tránsito peatonal y vehicular.
TERCERO. Que se proyecte la construcción de aceras en los tramos que aún carecen de ellas, garantizando la seguridad y accesibilidad de la vecindad.
CUARTO. Que se analicen los solares y espacios disponibles para la creación de nuevas plazas de aparcamiento, reduciendo así la saturación actual y mejorando la convivencia vecinal.
QUINTO. Que se incluyan las actuaciones necesarias en el próximo presupuesto municipal, priorizando las que afecten directamente a la seguridad y bienestar de la ciudadanía.
Exposición de motivos
El servicio de Protección Civil de San Miguel de Abona desempeña una labor fundamental en materia de prevención, asistencia y apoyo en situaciones de emergencia, constituyendo un pilar esencial para la seguridad y el bienestar de la ciudadanía. Su trabajo, siempre voluntario, ejemplifica el compromiso cívico y solidario que caracteriza a nuestro municipio, especialmente en momentos críticos como incendios, eventos meteorológicos adversos, accidentes o actos públicos.
A pesar de su importante contribución, el colectivo desarrolla actualmente sus funciones en condiciones claramente insuficientes. La base de Protección Civil de San Miguel de Abona se encuentra en una ubicación poco accesible, sin una sede operativa unificada. La oficina y servicios se encuentran en un lugar, los vehículos y materiales en otro.
Protección Civil de San Miguel de Abona carece de un espacio físico centralizado donde organizar sus actuaciones, mantener reuniones, almacenar equipos o desarrollar formaciones. Esta situación limita gravemente su capacidad de respuesta y dificulta la coordinación de los servicios en caso de emergencia.
La realidad de Protección Civil de San Miguel de Abona no es compatible con la relevancia del servicio ni con la responsabilidad institucional que el Ayuntamiento debe asumir en materia de seguridad y emergencias. Un colectivo que trabaja de manera desinteresada por la protección y el auxilio de la vecindad merece contar con una base digna, equipada y accesible que facilite el desarrollo de sus funciones.
La creación de una base adaptada a las necesidades de Protección Civil no solo mejorará la operatividad y la seguridad de su equipo, sino que también reforzará la capacidad de respuesta del municipio ante cualquier eventualidad. Además, permitirá disponer de un espacio adecuado para la formación continua, el almacenamiento seguro de materiales y la correcta conservación de vehículos y equipos.
Es importante defender una gestión pública eficiente, cercana y humana, que priorice los servicios esenciales y valore el esfuerzo de quienes dedican su tiempo y conocimiento a proteger a los demás. Por ello, proponemos atender esta necesidad y garantizar que Protección Civil cuente con los medios e instalaciones que merece.
Acuerdos que se proponen:
PRIMERO. Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona elabore un informe técnico de necesidades del colectivo de Protección Civil, con el fin de determinar los requisitos edificatorios, de accesibilidad, almacenamiento y operatividad para la creación de una base unificada.
SEGUNDO. Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona localice un espacio municipal, en el casco del municipio, que reúna las condiciones necesarias para centralizar en un mismo lugar los vehículos, materiales y sede operativa de Protección Civil, garantizando su fácil acceso, funcionalidad y seguridad.
TERCERO. Que se proceda a la redacción del correspondiente proyecto técnico y a la consignación presupuestaria necesaria para la creación y acondicionamiento de la nueva base.
CUARTO. Que se garantice la participación del propio colectivo de Protección Civil en el diseño y planificación del nuevo espacio, teniendo en cuenta sus aportaciones y experiencia práctica.
QUINTO. Que se priorice la ejecución de esta actuación en el próximo ejercicio presupuestario, atendiendo al carácter esencial de este servicio público y al impacto directo en la seguridad ciudadana.
Exposición de motivos:
El 25 de noviembre es un día que nos atraviesa como sociedad, con la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia de Género. Una fecha de memoria, de denuncia y de compromiso. Una jornada para recordar, lamentablemente, a todas las mujeres asesinadas a manos de la violencia machista, para acompañar a las supervivientes y a sus familias. Y un día de determinación colectiva para renovar el compromiso de nuestro país con una vida libre de violencia para todas las mujeres y niñas.
La Violencia de Género es la expresión más extrema de una desigualdad histórica. Es una violación de derechos humanos, un ataque directo a los valores democráticos y a la dignidad de las mujeres, por el mero hecho de serlo. Se trata de una violencia estructural dirigida hacia las mujeres por el mero hecho de serlo. No es un fenómeno aislado, es un problema de nuestra sociedad y combatirlo no es solo una responsabilidad política, sino un imperativo ético.
Este año conmemoramos además un gran hito, la renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, aprobado el pasado mes de febrero en el Congreso de los Diputados con el respaldo mayoritario de los grupos parlamentarios. Este nuevo acuerdo amplía el número de medidas de 290 a 462, incorporando nuevas formas de violencia como la violencia económica, la violencia digital o la violencia vicaria, con una dotación presupuestaria reforzada de 1.500 millones de euros para los próximos cinco años.
En coherencia con ese Pacto de Estado aprobado, el pasado mes de septiembre, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, que por primera vez en Europa tipifica esta forma de violencia como delito autónomo en el Código Penal.
La violencia vicaria es la forma más cruel de violencia machista. Ataca a las mujeres donde más duele, a través de sus hijas e hijos. Es una violencia extrema que el Estado tiene el deber de prevenir, de sancionar y de reparar. En la actualidad más de 1400 menores están en riesgo según Viogén (Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género). Legislar sobre este tipo de violencia era un clamor social y lo que buscamos es visibilizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar esta forma de violencia. Con ello, España se vuelve a situar a la vanguardia en políticas de defensa de los derechos elementales de las mujeres.
Consideramos que es de vital importancia continuar trabajando para que de forma urgente se apruebe la ley de violencia vicaria, para seguir reforzando la atención integral a las víctimas, para aumentar la formación especializada de todos los profesionales implicados, y en definitiva, para que el Pacto de Estado Contra la Violencia de Género se cumpla y se implemente de forma efectiva.
Hoy, como cada 25 de noviembre, nos sumamos a la llamada global impulsada por Naciones Unidas y reafirmamos nuestro compromiso con la prevención, atención y reparación de la violencia machista. No daremos ni un paso atrás en esta lucha.
En este sentido, los ayuntamientos tenemos una responsabilidad y la obligación de velar por la seguridad y los derechos de la ciudadanía, garantizar entornos libres de violencia.
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO.Ratificar el compromiso de este Ayuntamiento con la lucha contra la violencia de género en todas sus expresiones.
SEGUNDO. Apoyar las iniciativas de sensibilización y educación en igualdad y prevención de la violencia poniendo una atención especial en la infancia, adolescencia y juventud.
TERCERO. Nos comprometemos a implementar, dentro de nuestras competencias, todas las acciones contempladas en el Pacto de Estado contra la violencia de género, aprobado este año 2025
CUARTO. Colaborar con el tejido asociativo que trabaja por la igualdad y la lucha contra la violencia de género.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La forma de relacionarse de las personas con la administración con las administraciones han ido cambiando con el tiempo, inicialmente, todo era a través de documentos en papel, pero con el desarrollo de los equipos informáticos y sobre todo de las comunicaciones de datos vía telemática supuso un salto importantísimo en esta relación, pasando de ser presencial en los registros de las entidades a poder ser a distancia o telemática.
Esto se reguló a partir de la ley 11 de 2007 de Acceso ciudadano a los servicios públicos, posteriormente otras leyes de 2015 y consolidaron la obligatoriedad de la comunicación electrónica sobre todo para las personas jurídicas.
Pero aún cuando las personas físicas no están obligadas a que la comunicación con la administración sea telemática, la posibilidad de usarla, sí supone una gran comodidad para ellas, pudiendo hacer estos registros a cualquier hora y desde cualquier lugar.
En el caso de este Ayuntamiento aún existe una ordenanza fiscal, la del impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO), que no permite la autoliquidación, lo que genera una mayor burocracia y retrasos temporales ya que la ciudadanía y los profesionales o representantes de las empresas, tienen que esperar a que se le notifique ese impuesto, para posteriormente realizar el pago y luego volver a registrar la justificación de ese pago.
Todo esto genera retrasos en la obtención de las licencias correspondientes y sobre todo para aquellas actividades que son preceptivas de este título para comenzar dicha actividad de construcción, instalación u obra.
ACUERDOS QUE SE PROPONEN:
ÚNICO.- Que se realice la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto de construcción, instalaciones y obras en la que se introduzca la posibilidad de realizar la autoliquidación de este impuesto.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Desde este grupo municipal somos conscientes de que la seguridad de la vecindad es lo más importante y urgente que este Ayuntamiento debe resolver, por ello hemos traído a este pleno diferentes propuestas al respecto de estas situaciones.
En esta ocasión nos hemos hecho eco de una demandas, que la vecindad sanmiguelada lleva años exigiendo, como es la seguridad del muro existente en la C/Las Morales a la altura del cementerio municipal.
Este muro de sustentación de la calzada tiene un desnivel de cuatro metros, pero en su coronación solo es de 50 cm respecto a la calzada, lo que es un riesgo de caída a gran altura tanto para peatones como para vehículos.
ACUERDOS QUE SE PROPONEN:
PRIMERO.- Se realicen los informes técnicos y económicos correspondientes para subsanar esta situación de peligrosidad.
SEGUNDO.- Que se encargue el documento técnico en el cual se recoja las soluciones técnicas y el costo económico.
TERCERO.- Que se realice la consignación presupuestaria necesaria y que se priorice la ejecución de esta actuación en el próximo ejercicio presupuestario, atendiendo al carácter esencial de este servicio público y al impacto directo en la seguridad ciudadana.
Justificación:
Visto que las normas de prevención de riesgos laborales, en el caso de trabajos ligeros y por analogía, las actividades culturales, formativas, etc, la temperatura ambiente debería estar comprendida entre los 14ºC y 25ºC, lo que garantiza un confort térmico por el cual las personas pueden desarrollar las actividades o trabajos con un mayor comodidad, un menor esfuerzo físico, lo que redunda en un mayor rendimiento individual y colectivo. También los ciudadanos que acudan al SAC u otras dependencias administrativas podrán realizar sus trámites en condiciones climatológicas óptimas, lo que redunda en menores situaciones de estrés personal.
Visto que los centros culturales, edificios administrativos, las ludotecas, la escuela Capitán Galleta y resto de edificios municipales de San Miguel de Abona son infraestructuras de carácter municipal. Esto es, de servicio público.
Visto que en los proyectos iniciales de estas infraestructuras no se contemplaron la instalación de sistemas de climatización y renovación de aire.
Visto que el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación, en edificación existente. En esta sección que se refiere a instalaciones térmicas sigue aplicándose el criterio de adaptar el global de la instalación cuando la intervención es global o adaptar singularmente lo que se modifique en intervenciones puntuales, teniendo siempre presente el criterio de flexibilidad. La discriminación entre ambos niveles la establece el propio RITE pero de manera resumida serían:
▪ Incorporación de nuevos subsistemas de climatización o de preparación de agua caliente para usos sanitarios.
▪ Modificación de los subsistemas existentes.
▪ Sustitución de los generadores térmicos existentes o ampliación de su número.
▪ Cambio del tipo de energía utilizada.
▪ Incorporación de sistemas de energías renovables.
▪ Cambio del uso del edificio
Hechos estos que ponemos en conocimiento de este ayuntamiento a los efectos que en atención a su competencia le corresponde procurar las óptimas condiciones de confort térmico y salubridad de los espacios cerrados de carácter municipal
Acuerdos:
PRIMERO. - Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona inicie la redacción de los proyectos técnicos para cada una de estas edificaciones.
SEGUNDO. - Que se liciten y se ejecuten dichos proyectos, de esta forma, las personas usuarias de estas instalaciones podrán acceder a las mismas con un mejor confort térmico.
Justificación:
Visto que las instalaciones culturales, deportivas y recreativas municipales son, y deben ser, de uso público y municipal.
Visto que en los últimos 15 años se ha producido un gran incremento poblacional en los diferentes barrios del municipio.
Visto que, en los últimos años, las asociaciones culturales, deportivas, festivas, artísticas, etc, así como los diferentes clubes, que pueden y deben tener acceso a las instalaciones municipales para llevar a cabo sus actividades, han crecido exponencialmente en número y, según previsión, continuarán incrementándose.
Visto la creciente demanda por parte de particulares que, de forma puntual, han solicitado las instalaciones municipales para desarrollar alguna actividad deportiva, cultural o artística.
Visto que las zonas e instalaciones públicas deben ser espacios seguros y estar dotados de todo el material necesario para su uso, así como de la correspondiente limpieza y mantenimiento.
Acuerdos:
PRIMERO. – Se cree una Ordenanza Reguladora del uso de los edificios e instalaciones Culturales, Deportivas, Artísticas y Recreativas del municipio.
SEGUNDO. – Se contemple en dicha ordenanza una tasa reguladora por el uso de dichas instalaciones, así como la posibilidad de bonificación y exención del pago de esta tasa, para asociaciones, clubes y particulares, en caso de ser necesario.
TERCERO. – Se cuente con la ciudadanía (participación ciudadana), colectivos y todos los grupos políticos para la redacción de la citada ordenanza.
Justificación:
Considerando que en San Miguel de Abona, la seguridad vial y la accesibilidad son aspectos fundamentales para promover la calidad de vida de las personas que residen en el municipio. Y por tanto, no se nos escapa que los pasos de peatones son una de las zonas más peligrosas de nuestras calles y carreteras, ya que es un espacio compartido por vehículos y peatones, y evitar los accidentes que ocurren en los mismos supondría una enorme mejora en la seguridad vial.
Conscientes de que los pasos de peatones seguros son elementos clave en la protección de los peatones y en la reducción de accidentes de tráfico. Aunque las razones de los accidentes son múltiples (excesos de velocidad, alcohol, distracciones, etc), la iluminación inadecuada en los pasos de peatones podría ser una de las causas más importantes por las que se producen estos accidentes, ya que ocurren el triple de accidentes por la noche que durante el día.
Observando la necesidad de mejorar la visibilidad y la seguridad, en los pasos de peatones, tanto de los peatones como de los conductores, especialmente durante las horas de menor luz, para prevenir accidentes y garantizar la tranquilidad de quienes transitan por ellos.
Teniendo en cuenta el necesario compromiso que debe tener nuestro municipio con la inclusión y la igualdad de oportunidades, siendo imperativo eliminar cualquier tipo de barrera arquitectónica que obstaculice la movilidad de personas con diversidad funcional.
Observando que la presencia de obstáculos, barreras arquitectónicas o visuales en los pasos de peatones puede representar un peligro significativo, especialmente para las personas con movilidad reducida, limitando su acceso seguro a las vías públicas.
Conscientes de que los pasos de peatones son puntos a tener en cuenta en cuanto a la prevención de accidentes de tráfico y que su adecuada iluminación es esencial para aumentar la visibilidad y reducir los riesgos, especialmente en horarios de baja luminosidad.
Acuerdos:
PRIMERO.- Instalar iluminación adecuada en todos los pasos de peatones del municipio de San Miguel de Abona, asegurando una visibilidad óptima tanto de día como de noche.
SEGUNDO.- Eliminar cualquier tipo de impedimento o barrera arquitectónica que dificulte el acceso y la seguridad de los peatones en los pasos de peatones de San Miguel de Abona.
TERCERO.- Realizar campañas de concienciación ciudadana en San Miguel de Abona sobre la importancia de respetar los pasos de peatones y promover una convivencia vial más segura y respetuosa.
Parte expositiva o justificación:
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales define el marco normativo que permite alcanzar la máxima protección de los derechos y el bienestar de los animales, incluidos en su ámbito de aplicación. En este sentido, las acciones encaminadas a lograr dicha finalidad, según la propia ley son:
a) Promover la tenencia y convivencia responsable.
b) Fomentar entre la ciudadanía la protección de los derechos y el bienestar de los animales.
c) Luchar contra el maltrato y el abandono.
d) Impulsar la adopción y el acogimiento.
e) Desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal.
f) Promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable.
g) Impulsar acciones administrativas de fomento de la protección animal.
h) Establecer un marco de obligaciones, tanto para las administraciones públicas como para la ciudadanía, en materia de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
La propia norma indica que las administraciones públicas cooperarán y colaborarán en materia de protección animal, y compartirán información que garantice el cumplimiento de los objetivos de esta ley.
Es por ello que, basándonos en la La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales el PSOE de San Miguel de Abona presenta al Ayuntamiento de San Miguel de Abona esta propuesta de resolución cuyo fin es la creación de un CENTRO PÚBLICO DE PROTECCIÓN ANIMAL INTEGRAL, los cuales, tal y como se recoge en el artículo 22 de dicha norma, corresponderá a los ayuntamientos la recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento en un centro de protección animal. Para ello deberán contar con un servicio de urgencia para la recogida y atención veterinaria de estos animales, disponible las veinticuatro horas del día. Esta gestión podrá realizarse directamente por los servicios municipales competentes o por entidades privadas, sin perjuicio de que, siempre que sea posible, se realice en colaboración con entidades de protección animal.
Acuerdos:
PRIMERO. - Cumplir lo establecido en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
SEGUNDO. - Destinar la infraestructura situada en la calle Drago, Polígono 11 Parcela 61, Tapao Bajo, con referencia catastral: 38035A011000610000RQ, de propiedad municipal, como Centro Público de Protección Animal Integral.
TERCERO.- Gestionar dicho centro desde el Ayuntamiento de San Miguel de Abona conjuntamente con las entidades de protección animal cuya sede fiscal se encuentre en el municipio.
Justificación:
Ante los crecientes efectos del cambio climático, que en nuestro municipio cada año son más evidentes y se ve agravado por su situación geográfica en la vertiente sur de la isla y que por todo ello actualmente se está estudiando declarar la emergencia hídrica insular por parte del Consejo Insular de Aguas de la Isla de Tenerife.
El plan hidrológico de la isla de Tenerife propone que las aguas de las desaladoras sean para abastecer las poblaciones ubicadas en las zonas costeras de la isla, para así poder dejar más cantidad de aguas de las partes altas y medianías de la isla para el riego agrícola, con lo que se dará la necesidad de disponer de mayores infraestructuras de almacenamiento de agua para cubrir adecuadamente el ciclo de consumo agrícola.
Teniendo en cuenta que actualmente se está ejecutando el sistema de saneamiento Arona Este-San Miguel, por el cual se va ha recuperar las aguas residuales para el riego agrícola, sobre todo para las explotaciones y campos de golf de las zonas costeras, lo que dejará mayores caudales para las medianías.
Además la comarca de abona es una de las pocas que no dispone de red pública de distribución de agua para el riego agrícola, situación que se debería subsanar para así facilitar el suministro a los pequeños agricultores que no disponen de grandes infraestructuras de almacenamiento de agua.
El sistema territorial de infraestructuras para la producción hidroeléctrica de la isla de Tenerife contempla un subsistema reversible denominado Trevejo-Guargacho con una potencia de producción de 0,423 Megavatios hora. Por tanto San Miguel de Abona no debería renunciar a que en el futuro se pudiera elevar agua de la depuradora comarcal, que está a la cota 200 metros, a la charcas Jimenez que está a la cota 630 metros.
Este ayuntamiento es propietario de una charca en el barranco de Jimenez, denominada Charca Jimenez, con una capacidad aproximada de 130.000 m3. También tenemos que tener en cuenta que sobre la muralla de esta charca pasa un canal que transporta y distribuye agua, a dicho canal vierten agua la mayoría de las galerías de la vertiente sur de la isla y que están por encima de la cota de este canal. Actualmente esta charca está en desuso y sin el correspondiente mantenimiento.
Acuerdos:
PRIMERO. - Se ceda la charca Jiménez al organismo del Cabildo insular de Tenerife que gestiona las balsas y redes de públicas de regadío agrícola.
SEGUNDO. - Se solicite al organismo dependiente del cabildo cabildo insular de Tenerife que gestiona las balsas y redes de públicas de regadío agrícola la implantación de una red pública de regadío agrícola en el municipio.
PRIMERO. - Poner a disposición la infraestructura hídrica, Charca de Jiménez, al organismo del Cabildo insular de Tenerife para su utilización, previa aprobación del instrumento jurídico o convenio preceptivo, en el supuesto de que se acredite su necesidad.
SEGUNDO. - Solicitar al organismo dependiente del Gobierno de Canarias y del cabildo Insular de Tenerife que gestiona las balsas y redes públicas de regadío agrícola, la implantación de una red pública de regadío agrícola en el municipio.
Parte expositiva o justificación:
La creación de una Ordenanza Reguladora así como un Reglamento específico que regule los campamentos infantiles y juveniles en San Miguel de Abona es esencial para garantizar la seguridad, calidad y accesibilidad de estos servicios.
Esta herramienta, además de fomentar la seguridad jurídica tanto para el Ayuntamiento de San Miguel de Abona, como para la ciudadanía, permitirá tener una valoración amparada en unas bases que deben ser justas y equitativas, apelando siempre al cumplimiento del servicio público.
Tanto la ordenanza como el reglamento proporcionará confianza a las familias, promoverá la inclusión y contribuirá positivamente a la economía familiar, sobre todo en aquellas familias que dispongan de recursos económicos limitados y ayudará a seguir potenciando la conciliación familiar.
La regulación adecuada de estas actividades es un paso fundamental para asegurar el bienestar y desarrollo de la infancia, así como para fortalecer la comunidad en general.
Dado que actualmente no hay ningún reglamento que regule los campamentos infantiles y juveniles de verano, ni de ninguna otra época del año, ni de ningún tipo de actividad cultural o deportiva, que se realizan en el municipio, esta propuesta es más que necesaria, por todo ello, proponemos:
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO. – Se cree una Ordenanza Reguladora y un reglamento que permita a la ciudadanía acceder de manera justa y equitativa a los campamentos infantiles y juveniles que se realicen en el municipio de San Miguel de Abona.
SEGUNDO. – Se proporcione seguridad jurídica tanto a la ciudadanía como al Ayuntamiento de San Miguel de Abona creando dicha ordenanza, reglamento y unas bases reguladoras si así fuera necesario en torno a este tema.
TERCERO. – Se dé prioridad a la infancia que resida en el municipio de San Miguel de Abona en cuanto al acceso a dichos campamentos infantiles y juveniles.
CUARTO. – Se contemple en dicha ordenanza y reglamento, la tasa reguladora por la participación de la infancia y juventud en dichos campamentos, teniendo en cuenta los niveles de renta y situaciones familiares.
Adquisición de las parcelas 54 y 519, polígono 10 ubicada en la Carretera General del Sur-TF28 en San Miguel de Abona para convertirla en una bolsa de aparcamientos públicos
Parte expositiva o justificación:
Considerando la necesidad de mejorar las infraestructuras y los servicios públicos en San Miguel de Abona, municipio que dado el incremento de su población demanda mayor cantidad de espacios de aparcamiento en la zona del casco, se propone la compra de las parcelas 54 y 519, polígono 10, ubicada en la Carretera General del Sur-TF28 de San Miguel de Abona, por parte del Ayuntamiento.
La adquisición y posterior destino de esta parcela a aparcamiento público contribuirán a la ordenación del tráfico, al mismo tiempo reducirá la congestión en las calles adyacentes y proporcionarán un servicio esencial tanto a los vecinos y vecinas del municipio como a quienes visiten el casco histórico.
Actualmente, el aumento del parque automovilístico y el crecimiento de la población en San Miguel de Abona han generado una mayor presión sobre los espacios de estacionamiento existentes.
Esta situación provoca problemas recurrentes de tráfico, dificultades para encontrar estacionamiento y una disminución en la calidad de vida de las personas residentes.
La falta de aparcamiento adecuado también afecta negativamente a los comerciantes locales, ya que los potenciales clientes pueden verse desanimados a visitar la zona debido a la dificultad para aparcar, sobre todo teniendo en cuenta la denominación del casco como Zona Comercial Abierta, la cual requiere, como es evidente, mayor aparcamiento.
Además, la creación de un aparcamiento público en las parcelas 54 y 519, polígono 10 fomentará el uso de los servicios y establecimientos de la zona, contribuyendo al desarrollo económico local.
Un aparcamiento bien ubicado y accesible atraerá a más visitantes y mejorará la competitividad de los negocios locales.
Debemos de tener en cuenta que próxima a esta zona se encuentran tres infraestructuras básicas para la vecindad del municipio de San Miguel de Abona, como son: el cementerio municipal, la sala velatorio y el museo Casa del Capitán, infraestructuras que soportan una gran cantidad de personas usuarias y visitantes.
La implementación de esta medida también reflejaría el compromiso con el bienestar de la vecindad, proporcionando soluciones prácticas y efectivas a los desafíos urbanos contemporáneos.
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO.- Adquisición de las parcelas 54 y 519, polígono 10.
SEGUNDO.- Destinar las parcelas 54 y 519, polígono 10 a la creación de aparcamientos públicos.
Exposición de motivos:
Actualmente en San Miguel de Abona existen 40 licencias de autotaxi, de las cuales, 3 son para personas con movilidad reducida, es decir, son taxis adaptados, lo que supone un 7,5%, por lo que superamos el 5% de flota que se exige de vehículos autotaxis adaptados para personas con movilidad reducida.
En 2022 se realizó el estudio socioeconómico preceptivo para la concesión de nuevas licencias de taxis, en este estudio se concluía que se podían otorgar hasta 4 nuevas licencias de taxis.
El resto de municipios turísticos como Granadilla, Arona y Adeje ya han otorgado nuevas licencias de taxis. Sin embargo, San Miguel de Abona sigue creciendo en número de personas empadronadas y en número de camas turísticas, pero no en taxis disponibles.
Es evidente las nuevas edificaciones que se están construyendo en el municipio: edificios y hoteles. Asimismo, se puede apreciar como, en los últimos años, se han terminado muchos de los edificios que se quedaron a medias en la crisis financiera de 2007. Todo ello nos lleva a deducir que tanto los residentes como los turistas seguirán incrementando en años venideros.
En 2023 concejales de este grupo de gobierno (Coalición Canaria) le dijeron a los asalariados que tienen más antigüedad que “en ese año se realizaría el proceso de otorgamiento de nuevas licencias y que incluso podían ir comprando los automóviles ya que seguro que en agosto de 2023 estarían trabajando con sus licencias”. Sin embargo, estamos en 2024 y ni rastro de las licencias.
A todo esto hay que señalar que la patronal del taxi está de acuerdo en que se otorguen estas nuevas licencias, algo inédito en la historia del taxi en San Miguel de Abona.
Parte expositiva o justificación:
Actualmente una de las paradas de taxis de Las Chafiras está ubicada junto a la estación de servicio de DISA. Esta parada carece de zona peatonal suficiente para la espera de los usuarios de los servicios públicos de taxi, además no tiene posibilidad de la colocación de marquesinas para crear zonas de sombra, tampoco dispone de baños de servicios públicos y su capacidad de estacionamiento es de tan solo seis vehículos autotaxi.
Para la primavera de 2025, según información ofrecida por el concejal de obras en una comparecencia llevada a cabo en una sesión plenaria, está prevista la finalización de la obra del nuevo enlace.
Al costado de este enlace está ubicada la salida de un túnel que da acceso a la parada de guaguas de la autopista. También, en ese mismo lugar, queda una zona de aproximadamente 800m² que estarán libres de vías.
Esta zona es ideal para la reubicación de la parada de taxis ya que las personas usuarias de la guagua accederán directamente a la parada de taxis. A esta nueva parada se le puede dotar de marquesinas para la generación de sombra, asientos y baños de servicio público, para que la espera de los usuarios, usuarias y taxistas pueda ser más cómoda.
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO. - Iniciar los expedientes para la obtención de la libre disposición de este espacio.
SEGUNDO. - Una vez se tenga la disposición de este espacio se inicie expediente para realizar el documento técnico en el que se disponga la distribución y dotación.
TERCERO. - Se proceda a la licitación de esta obra.
Justificación:
El transporte público accesible es una herramienta fundamental para garantizar la igualdad de oportunidades y la plena integración de las personas con movilidad reducida (PMR). Los taxis adaptados desempeñan un papel esencial para ofrecer un servicio de transporte inclusivo, particularmente en municipios como San Miguel de Abona, donde la dispersión territorial y las necesidades específicas de los usuarios exigen respuestas personalizadas.
Sin embargo, el coste asociado a la adquisición, adaptación y mantenimiento de vehículos para la modalidad PMR supone una carga económica considerable para los profesionales del taxi, especialmente para aquellos que inician la prestación de este servicio bajo dicha modalidad.
Actualmente existen 40 licencias de taxis de los cuales 3 son de movilidad reducida (2 con licencia obligatoria PMR y 1 adaptado voluntariamente). La normativa actual establece que, debe de haber como mínimo un 5% del total de la flota de taxis con la adaptación para el transporte de personas con movilidad reducida.
En aras de que este porcentaje mínimo sea superior al estrictamente establecido en la norma y visto que los taxis adaptados no solo hacen un servicio público de transporte, sino también prestan un servicio de índole social, debemos fomentar que más patrones decidan optar por adaptar sus vehículos a PMR. Esto supondría un gran avance en el estado de bienestar para nuestros vecinos y vecinas, también podría posicionar a nuestro municipio como referente para el turismo social y turistas con movilidad reducida.
Con el propósito de fomentar la accesibilidad y apoyar al sector, se propone establecer una subvención dirigida a sufragar los gastos de adaptación de los vehículos adquiridos para esta finalidad.
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO.- Incorporar al Presupuesto Municipal 2025 una partida específica destinada a la subvención de la adaptación de vehículos para taxis en modalidad PMR, priorizando su inclusión en los próximos debates de índole presupuestario.
SEGUNDO.- Que la ayuda cubra en su totalidad los costes asociados a la adaptación del vehículo para personas con movilidad reducida, siempre que sea adquirido bajo la modalidad PMR por el titular de la misma.
Justificación:
Este ayuntamiento es propietario de cuatro viviendas en Tamaide, las antiguas casas de los maestros. En 2020 se inició el expediente nº11207-2020 denominado “Plan de Empleo Municipal San Miguel de Abona 2021-2022: RECURSO ALOJATIVO ALTERNATIVO TAMAIDE.” con un importe económico presupuestado que ascendía a la cantidad de CIENTO SESENTA MIL EUROS (160.000,00 €).
En 2021 se aprobó el expediente nº267-2021 y el correspondiente proyecto técnico denominado “Recurso Alojativo Alternativo Tamaide”, documento técnico preceptivo para poder reformar estas viviendas y que una vez terminadas se dedicarán a viviendas de último recurso habitacional. En ese momento, nos pareció una gran propuesta después de leer la justificación de motivos con el siguiente tenor literal “Dada la necesidad de crear en el municipio un recurso alojativo alternativo con el que poder responder a la emergencia residencial que sufren vecinos y vecinas del municipio en circunstancias socioeconómicas desfavorables y disponiendo el Ayuntamiento de San Miguel de Abona de un inmueble situado en la Carretera General del sur nº 214, Tamaide, San Miguel de Abona, denominado antiguas casas de los maestros”, con una superficie de 442 m2 y que actualmente se encuentra dividido en 4 viviendas adosadas, tipo dúplex, que rematan en cubierta a dos aguas de teja cerámica; se llevará a cabo la contratación de 12 personas, en situación de desempleo e inscritas como demandantes de empleo en el SCE, durante 6 meses, al 75% de jornada desempleada, para la ejecución del proyecto de rehabilitación, reforma y adecuación del inmueble para su uso como recurso alojativo alternativo”.
Pero a día de hoy nos encontramos que no se terminó ni una sola de las viviendas, tampoco el grupo de gobierno ha mostrado el más mínimo interés por terminarlas en el transcurso de estos últimos cuatro años.
A fecha de diciembre de 2024, la situación por la que se justificaba la realización de ese reforma, si cabe ha empeorado por la escasez de viviendas en alquiler de larga temporada, la subida de los precios de los alquileres y posiblemente el año que viene empeore aún más, ya que a nadie se le esconde que a final de 2024 termina la moratoria para los desahucios por impago de los alquileres, que se implementó en la pandemia, aún siendo familias vulnerables.
También debemos ser conocedores de que se quiere tramitar una nueva ley de arrendamientos, por la cual se agilizaran los desahucios por impago y la desocupación de las viviendas ocupadas mediante juicios rápidos, en 15 días.
Entendemos que estas medidas son justas, ya que los propietarios no deben cargar o sufragar las situaciones de vulnerabilidad económica de alguno de nuestros vecinos, para eso está el Estado, y por Estado debemos entender todas las administraciones públicas, incluidas las administraciones locales, que son las que administran los impuestos.
No podemos ignorar que San Miguel de Abona cuenta con colectivos especialmente vulnerables, como víctimas de violencia de género, personas mayores, familias monoparentales y personas en riesgo de exclusión social. Las estadísticas señalan que las víctimas de violencia de género, por ejemplo, suelen necesitar recursos habitacionales inmediatos para proteger su seguridad y la de sus hijos e hijas. Disponer de viviendas de emergencia puede marcar la diferencia entre proteger vidas y perpetuar situaciones de peligro.
Por otra parte, la reforma de estas viviendas no solo cumple con un deber social básico, sino que también puede convertirse en un ejemplo de buenas prácticas en políticas públicas locales.
Cabe destacar que la falta de recursos habitacionales de emergencia no solo afecta a los colectivos más desfavorecidos, sino que también sobrecarga a los servicios sociales municipales, impidiendo que puedan dar una respuesta ágil y efectiva.
Estas viviendas podrían servir como un recurso clave para abordar múltiples situaciones de crisis: desde desahucios hasta emergencias derivadas de catástrofes naturales, accidentes domésticos graves o desalojos forzosos por razones de seguridad, violencia de género, etc.
No debemos limitar nuestra acción a la lectura de manifiestos en días conmemorativos, sino demostrar un compromiso real con las políticas sociales activas. Esta propuesta es un paso concreto hacia la protección de derechos fundamentales, como el acceso a la vivienda, reconocido en la Constitución Española y amparado por los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en especial el objetivo 11, que busca garantizar ciudades inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles.
Por todo ello, la rehabilitación de las viviendas de Tamaide se presenta no solo como una necesidad urgente, sino como una obligación ética y legal, en tnt en cuanto, adquirió carácter vinculante según el “Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de diciembre de 2021”, para garantizar la protección de los derechos de nuestros vecinos y vecinas en situación de vulnerabilidad.
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO. - Se revise el proyecto técnico arquitectónico en cuanto a, si ha salido alguna nueva norma técnica, a la actualización de precios del capítulo de presupuesto y a cuantas otras actualizaciones sean necesarias.
SEGUNDO. - Se incorpore al presupuesto del año 2025.
TERCERO. - Se dé prioridad a la licitación de este expediente.
CUARTO. - Una vez reformadas, se destinen a viviendas de último recurso habitacional.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Creación mesa electoral en El Frontón
Exposición de motivos:
El sufragio universal en nuestro país está garantizado por la Constitución, también por la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG), la cual determina que las circunscripciones están divididas en Secciones Electorales.
Según la LOREG, en su artículo 23.2, cada Sección incluye un máximo de dos mil electores y un mínimo de quinientos.
No obstante, la misma ley especifica que cuando el número de electores de una Sección o la diseminación de la población lo haga aconsejable, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, a propuesta del Ayuntamiento correspondiente, puede disponer la formación de otras Mesas y distribuir entre ellas el electorado de la Sección.
Para el primer supuesto, el electorado de la Sección se distribuye por orden alfabético entre las Mesas, que deben situarse preferentemente en habitaciones separadas dentro de la misma edificación. Para el caso de población diseminada, la distribución se realiza atendiendo a la menor distancia entre el domicilio del elector y la correspondiente Mesa.
En ningún caso el número de electores adscrito a cada Mesa puede ser inferior a doscientos. En este sentido, es preciso recordar que en las últimas elecciones municipales, celebradas en el año 2019, el censo electoral de El Frontón era de 274 personas y que dicho barrio, según el Instituto Nacional de Estadísticas a fecha 1 de enero de 2021 el número de habitantes en El Frontón era de 363, 89 habitantes más que el en el año 2020.
Los datos anteriormente expuestos, posibilitan la creación de una mesa electoral específica para el barrio de El Frontón, de esta forma, las personas que habitan en dicho núcleo poblacional, no tienen que utilizar el coche para ir a votar, lo pueden hacer caminando.
Por todo ello, proponemos.
Primero.-Se cree una mesa electoral en el barrio de El Frontón.
Segundo.- Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona, que es el órgano proponente según la LOREG, de traslado de la creación de esta nueva mesa electoral a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o al órgano competente en esta materia.
Tercero.- Se tenga en cuenta el Centro Cultural de El Frontón como ubicación de dicha mesa electoral.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Terminar la piscina municipal existente en San Miguel de Abona
Exposición de motivos:
La terminación de la piscina municipal de San Miguel de Abona, la que está a medio hacer, es una infraestructura que hay que terminar, ya hemos invertido ochocientos mil euros en ella y lo lógico sería terminar lo que se comenzó.
Terminar de construir la piscina municipal de San Miguel, la que está a medio hacer, brindaría una gran cantidad de beneficios para la comunidad en general. Sería un espacio de recreación y deporte para personas de todas las edades y condiciones físicas. Además, ayudaría a fomentar hábitos saludables y promover la vida activa los 365 días del año.
La finalización de la piscina municipal que ya existe y que está a medio hacer y que puede verse perfectamente, porque está ubicada al lado del Pabellón deportivo Jonay Risco Pérez, beneficiaría a las personas mayores, a las discapacitadas, a quienes necesitan rehabilitación, en definitiva, beneficiaría a toda la población de nuestro municipio.
Con una piscina totalmente accesible, las personas mayores no tendrían que esperar al verano para ir a la playa, tendrían una piscina pública completamente adaptada a sus necesidades, en la que podrían hacer actividades acuáticas los 365 días del año. Una piscina municipal completamente accesible sería una excelente opción para que las personas mayores realicen actividades de ocio y deporte que les permitan mantenerse activas, mejorar su salud y calidad de vida. Además, la piscina podría ofrecer servicios especializados, como la natación terapéutica, que ayudaría a mejorar la salud de las personas mayores con diferentes patologías.
Una piscina accesible también sería un gran beneficio para las personas con dicapacidad, ya que les brindaría la oportunidad de realizar actividades deportivas y de ocio que, de otra manera, no podrían realizar. Además, la piscina podría contar con personal especializado y adaptaciones para garantizar la seguridad y comodidad de las personas con discapacidad, e incorporar programas especializados para la rehabilitación terapéutica, la cual contribuirá a mejorar su calidad de vida los 365 días del año.
La infancia sería otro sector beneficiado de la culminación de esta piscina, la que está a medio hacer en San Miguel de Abona, ya que se fomentaría el aprendizaje y la práctica de la natación, promueve la actividad física, mejora la salud, fomenta el desarrollo social y las habilidades comunicativas y de seguridad en el medio acuático. La terminación de la piscina municipal de San Miguel, la que lleva 20 años esperando a que se termine de realizar, también tendría beneficios para el público en general, ya que sería un espacio de recreación y deporte para personas de todas las edades y condiciones físicas. Esto podría ayudar a fomentar hábitos saludables y promover un estilo de vida activo. Además, la piscina podría ofrecer servicios para el aprendizaje y perfeccionamiento de la natación, lo que contribuiría a reducir posibles ahogamientos de nuestros vecinos.
En conclusión, la finalización de la piscina municipal en San Miguel de Abona es necesaria para brindar oportunidades de ocio, deporte, recreación, terapia, etc., a los vecinos y vecinas de San Miguel de Abona. Esto contribuiría a mejorar la salud y calidad de vida de nuestra población, especialmente de las personas mayores y con discapacidad que, a menudo, enfrentan barreras para el acceso a este tipo de instalaciones.
Por todo ello, proponemos:
ÚNICO.- Se termine la piscina municipal existente en San Miguel de Abona la cual está a medio construir desde hace 20 años.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Fomento de la participación ciudadana en el municipio.
La participación ciudadana puede adoptar muchas formas, desde la votación en las elecciones, la consulta pública sobre políticas y decisiones importantes, hasta la presentación de iniciativas ciudadanas o la participación en los asuntos públicos de interés general.
La participación ciudadana es importante para la democracia y el buen gobierno, ya que permite que la ciudadanía tenga un mayor control sobre su propio destino y el de su comunidad, asimismo, asegura que las políticas y decisiones se tomen en beneficio de toda la sociedad, la cual en San Miguel es bastante plural.
Además, la participación ciudadana puede ayudar a fomentar la transparencia, la rendición de cuentas y la confianza en las instituciones públicas, así como en la toma de decisiones del futuro del municipio.
La participación ciudadana fortalece la democracia, porque las personas pueden involucrarse activamente en la toma de decisiones que tengan que ver con la mejora de San Miguel de Abona, también promueve la igualdad, ya que permite que las personas de diferentes orígenes, edades, géneros, etc., tengan voz en la toma de decisiones, en definitiva, permite que las personas se involucren en cuestiones que afectan al interés general.
La participación ciudadana es importante porque promueve una sociedad más democrática, transparente y justa, permite a las personas tener un mayor control sobre su propio futuro y el de su comunidad, en definitiva, facilitar y dar oportunidad a la participación ciudadana por barrios es fomentar la democracia.
Por todo ello, solicitamos:
UNO.- Crear mesas de participación ciudadana por barrios.
DOS.- Se cumpla el reglamento de participación ciudadana del ayuntamiento de San Miguel de Abona.
Cuando las personas se involucran en la toma de decisiones que afectan su vida cotidiana, pueden abogar por sus propias necesidades, lo que a su vez puede mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, en nuestro caso, la de San Miguel de Abona.
Justificación:
En el pasado mes de noviembre asistimos a un debate ficticio, auspiciado por unas declaraciones poco acertadas por parte de la Presidenta del Cabildo Insular de Tenerife, en las que se culpabiliza al sector del taxi de nuestro municipio, el de Granadilla y al servicio que prestan en el Aeropuerto Reina Sofía-Tenerife Sur a las personas usuarias del servicio.
Al sector se le culpa por las colas y los tiempos de espera que sufren las personas usuarias del taxi en el aeropuerto, llegando incluso a plantear la necesidad de declarar el aeropuerto como “Zona Sensible”, permitiendo con ello, el acceso y la prestación de servicios de taxis de toda la isla.
Este partido político que suscribe no sólo rechaza las declaraciones emitidas desde el Cabildo de Tenerife en este sentido, sino que, además, entiende que la situación que se viven en el aeropuerto se produce cuando coincide la llegada de un gran número de vuelos, en un corto espacio de tiempo, con la situación de colapso que vive diariamente la autopista TF-1.
De hecho, las imágenes que dieron lugar a esta situación se produjeron por la avería de una guagua, que provocó colas kilométricas en la autopista TF-1, cosa que viene siendo habitual diariamente desde hace mucho tiempo.
No cabe duda de que un trayecto de ida y vuelta, que en condiciones normales tiene una duración de entre 30-40 minutos, se transforme en un trayecto de más de hora y media, ha de tener por fuerza, un impacto en la prestación del servicio, pero ese impacto nunca puede ser achacable al desempeño de nuestros taxistas, quienes también sufren la cola de la TF-1.
Tal es así, y aunque de ello no se hable, que esta misma problemática la sufren los taxis de los municipios turísticos en sus trayectos hacia el aeropuerto, llegando los hoteles a recomendar a sus huéspedes la conveniencia de salir con hasta tres y cuatro horas de antelación para evitar perder su vuelo de regreso.
El sector del taxi que opera en el aeropuerto Tenerife Sur, es plenamente consciente de esta problemática. Por ello, ante situaciones como las anteriormente descritas, aplican un protocolo desde hace muchos años y de carácter tácito, por el cual el Jefe de Parada permite, en estos casos, la entrada a la zona de carga de taxis de otros municipios, siempre y cuando hayan accedido al aeropuerto para dejar clientes, todo ello en aras de reducir las colas de las personas usuarias y los tiempos de espera.
En este sentido, el pasado miércoles 22 de noviembre se asistió a una reunión en el Cabildo Insular de Tenerife para que este protocolo conste por escrito, como un compromiso del sector en aplicar las mejores soluciones sin que sea necesario la declaración del aeropuerto como zona sensible.
A pesar de todo, desde el Cabildo Insular, se sigue insistiendo en la declaración del Tenerife Sur-Reina Sofía como zona sensible, algo a lo que el colectivo del taxi que opera en el aeropuerto Tenerife Sur ha mostrado su rechazo por la pérdida económica que ello supone, no se puede olvidar que el sector del taxi, tiene autónomos y asalariados.
Entendemos que el protocolo propuesto por la Asociación de Taxis de Granadilla es la herramienta adecuada para mitigar esta problemática, por lo que desde el Grupo Municipal Socialista sanmiguelero, proponemos que el Ayuntamiento en Pleno
Acuerdos a adoptar:
PRIMERO.- Apoyar y manifestar nuestro acuerdo con el “Protocolo Regulador del Servicio de Autotaxi del Aeropuerto Reina Sofía-Tenerife Sur” que se adjunta a esta moción, como la herramienta adecuada para solucionar los tiempos de espera en el Aeropuerto Tenerife Sur-Reina Sofía.
SEGUNDO.- Manifestar el rechazo de este Pleno a la declaración del Aeropuerto Tenerife Sur-Reina Sofía como “Zona Sensible”.
TERCERO.- Remitir esta moción a los órganos competentes y al sector del taxi de San Miguel de Abona.
Visto que el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Tenerife ya han puesto en servicio, al tráfico rodado, los enlaces de acceso al municipio de San Miguel de Abona que conectan la TF1 a su paso por Oroteanda, Llano del Camello y Aldea Blanca.
Visto que estos enlaces permitirán conectar la parte baja de la zona de Las Chafiras con la parte alta: Llano del Camello y Aldea Blanca.
Visto que se abrirá una nueva conexión en dirección a los colegios, para desahogar buena parte del flujo que a menudo se acumula en la entrada de la zona industrial.
Visto que en la zona hay varios centros educativos con más de 1500 escolares.
Visto que estos enlaces permitirán mejorar la fluidez del tráfico en la zona comercial e industrial de Las Chafiras.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
REDACCIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS PARA MEJORA DE LA VÍA DE ACCESO DESDE EL POLÍGONO INDUSTRIAL DE LAS CHAFIRAS A LA URBANIZACIÓN DE AMARILLA GOLF.
Exposición de motivos:
Visto que la Carretera de acceso a la Urbanización de Amarilla Golf tiene una tipología de camino rural (carretera estrecha, sinuosa y sin arcenes).
Visto que se ha construido una nueva interconexión entre las dos urbanizaciones de Costa San Miguel, Golf del Sur y Amarilla Golf.
Visto que previsiblemente se terminará el enlace de acceso a la Autopista TF-1 a la altura de Oroteanda.
Visto que las personas que accedan desde la zona sur de la isla hacia Costa San Miguel, lo harán a través de la carretera de acceso a Amarilla Golf, dando lugar a un importante aumento del tráfico rodado.
Visto que las competencias sobre el transporte interior del municipio son de la administración local y que actualmente la situación económica del ayuntamiento de San Miguel de Abona es buena, ya que cuenta con un remanente de más de 28 millones de euros.
Vista la necesidad imperiosa de mejorar la accesibilidad de la Urbanización Amarilla Golf.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
REDACCIÓN Y EJECUCIÓN DE AMPLIACIÓN PROYECTO DE MEJORA DEL MERCADO DEL AGRICULTOR DE SAN MIGUEL DE ABONA
Exposición de motivos:
Visto que el mercado del Agricultor de San Miguel de Abona es una infraestructura municipal que data del año 2000.
Visto que es un establecimiento de pública concurrencia al que acude una alta afluencia de personas cada miércoles, sábado y domingo.
Visto que según el Sistema de Información Territorial de Canarias-IDECANARIAS, la última reforma se produjo en 2018 en la que se pasaba de 624 m2 a 740 m2.
Visto que actualmente cuenta con 83 puestos fijos y 6 puestos dedicados al producto de temporada.
Vista la lista de espera que actualmente hay en el mercado supera las cuarenta peticiones mensuales.
Visto que no existe una zona dedicada a la venta de comida elaborada.
Visto que tampoco dispone de un espacio para la venta de piezas artesanales y de otro tipo de expresiones artísticas.
Por todo ello, solicitamos:
PRIMERO. - Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona inicie la redacción de los proyectos de ampliación del Mercado del Agricultor de San Miguel de Abona.
SEGUNDO. - Que se licite y se ejecute dicho proyecto, de esta forma, las personas usuarias de esta instalación (los agricultores y agricultoras y la clientela) podrán acceder a un Mercado del Agricultor más amplio y con más oferta.
TERCERO.- Que el espacio para la ampliación contemple una zona para elaboración de productos alimenticios y otra zona para la venta de piezas de artesanía tradicional y de otro tipo de artistas. De esta forma, el mercado se convertiría en un punto de venta integral.
CUARTO. - Que se realice una modificación presupuestaria en el presupuesto de 2022 y se incluyan las inversiones necesarias para atender esta necesidad del municipio.
Propuesta presentada por José Carlos Rodríguez Rodríguez, como concejal del Grupo Municipal Socialista de San Miguel de Abona (PSOE), María José Tacoronte Tejera, como concejal del Partido Popular y Segundo GArcía Notebaert, como concejal de Ciudadanos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
PROPUESTA PARA LA INVERSIÓN DEL REMANENTE DE TESORERÍA
Exposición de motivos:
Visto que entre las principales competencias que tienen las administraciones locales destacan:
● Pavimentación de las vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales.
● Ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas.
● Servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
● Suministro de agua y alumbrado público.
● Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social.
Visto que en el artículo 26 de la LRBRL señala que los municipios, por sí o asociados, deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes:
● Acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas.
● Cementerio.
● Abastecimiento domiciliario de agua potable.
● Alumbrado público.
● Recogida de residuos.
● Limpieza viaria.
● Alcantarillado.
Visto que el remanente de tesorería del que dispone el Ayuntamiento de San Miguel de Abona ronda los 33 millones de euros y que lo comprometido en diferentes partidas que vienen del presupuesto del año pasado asciende aproximadamente a 10 millones.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
LIMPIEZA DE TODAS LAS PARCELAS MUNICIPALES
Exposición de motivos:
Visto que existen varios puntos en el municipio, que se están usando tradicionalmente para depositar escombros, enseres, muebles y basuras.
Visto que estos puntos no son los autorizados para tirar o realizar estos depósitos.
Visto que algunos de estos espacios llevan años en esta situación.
Visto que recientemente el Ayuntamiento ha realizado una campaña de concienciación en el reciclaje de la basura.
Visto que la mejor forma para que se eliminen estos puntos y no se genere una imagen colectiva de que en esos puntos se puede tirar la basura, es que el Ayuntamiento o la empresa que realiza el servicio de limpieza de calles, los retire inmediatamente.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (BAÑOS) EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS PÚBLICAS, CAMPOS DE FÚTBOL, DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE ABONA.
Exposición de motivos:
-Teniendo en cuenta de que todos los miembros de la corporación municipal deseamos un San Miguel de Abona que progrese, que mejore, que sea inclusivo y respetuoso con todas las personas, independientemente de las condiciones físicas o psíquicas que tengan.
-Teniendo en cuenta que desde la corporación municipal debemos, sin excusa alguna, cumplir y aplicar la normativa en cuanto a accesibilidad en las instalaciones de uso público de competencia municipal:
“Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación. Comunidad Autónoma de Canarias «BOC» núm. 50, de 24 de abril de 1995 «BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 1995 Referencia: BOE-A-1995-12103
(…)
Artículo 1. Objeto de la Ley.
La presente Ley tiene por objeto:
a) Facilitar la accesibilidad y utilización de los bienes y servicios de la sociedad por parte de todas aquellas personas con movilidad o comunicación reducida o con cualquier otra limitación, tengan éstas carácter permanente o transitorio.
b) Promover ayudas técnicas adecuadas para evitar y suprimir las barreras y todos aquellos obstáculos físicos y sensoriales que impidan o dificulten el normal desenvolvimiento de aquel sector de la población.
c) Arbitrar los medios de control del cumplimiento efectivo de lo en ella dispuesto.
Todas las actuaciones futuras, públicas y privadas, en materia de urbanismo y edificación, así como en transporte y comunicación sobre los que la Comunidad Autónoma de Canarias tenga competencia, habrán de cumplir rigurosamente las prescripciones de la presente Ley y de sus normas de desarrollo.
En forma gradual y en los plazos que se fijen, los espacios públicos, edificios, transportes y medios de comunicación, hoy no accesibles, deberán adaptarse a lo establecido en la presente Ley. De la consecución de estas finalidades serán responsables las administraciones públicas canarias en sus respectivos ámbitos de competencia, así como los organismos públicos y privados que queden afectados por la presente Ley.
Artículo 3. Definiciones.
A los efectos de la presente Ley, deberá entenderse:
1. Por accesibilidad, aquella cualidad de un medio cuyas condiciones hacen factible su utilización de modo autónomo por cualquier persona, con independencia de que tenga limitadas determinadas capacidades.
2. Por barreras físicas, todos aquellos impedimentos, trabas u obstáculos que limitan o impiden la libertad de movimiento, la estancia y la circulación con seguridad para las personas. (…)”
-Teniendo en cuenta que es nuestro deber, como miembros de la corporación municipal, para cumplir con la citada ley, eliminar las barreras arquitectónicas y obstáculos existentes en las instalaciones públicas municipales, para garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades, de trato y la inclusión de las personas con movilidad reducida (permanente o temporal) con respecto al resto de ciudadanos.
-Teniendo en cuenta que nuestro municipio cuenta con cinco campos de fútbol municipales:
Campo de fútbol “Jairo Martín”, Guargacho.
Campo de fútbol “Perico Alonso”, Aldea Blanca.
Campo de fútbol “Juanito Marrero”, Las Zocas
Campo de fútbol “Paco Tejera”; San Miguel
Campo de fútbol U.D. Roque – Genovés, El Roque
Que algunos de ellos llevan muchos años construidos, aunque recientemente se les ha realizado mantenimientos y mejoras, y otros son de construcción más reciente, pero ninguno de ellos cuenta con servicios públicos (baños) adaptados para personas con movilidad reducida, suponiendo una barrera arquitectónica para gran parte de los usuarios y usuarias de los mismos. A la hora de usar los baños de nuestros campos de fútbol municipales, las personas con movilidad reducida sienten que existen obstáculos que merman su derecho a la igualdad y a la inclusión social con respecto al resto de los ciudadanos. Aquí, estamos incumpliendo totalmente la Ley de Accesibilidad.
-Teniendo en cuenta que diariamente estas instalaciones deportivas son utilizadas por numerosa población local y de municipios vecinos. Hablamos tanto de jugadores adultos, como jóvenes, niños, familiares, público, etc.
-Teniendo en cuenta que entre el público asistente muchísimas veces se encuentran personas mayores o con movilidad reducida (permanente o temporal) que asisten a los campos por vocación de apoyar al equipo local o por acompañar a los niños y jóvenes de los diferentes equipos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA HOMOFOBIA, LA TRANSFOBIA Y LA LGTBFOBIA
Exposición de Motivos:
El 17 de mayo conmemoramos el Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia, fecha en la que la Asamblea General de la OMS eliminó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales, poniendo fin con ello a la percepción internacionalmente institucionalizada de la homosexualidad como una “enfermedad susceptible de ser curada”. Esto ocurrió en 1990. En nuestro país el Gobierno adoptó oficialmente este Día Internacional en el año 2009.
Este año 2022, con el lema “Nuestros Cuerpos, Nuestras Vidas, Nuestros Derechos”, las organizaciones internacionales para la defensa de los derechos del colectivo LGTBI que forman parte de IDAHO, reclaman el derecho de todas las personas a expresar libremente la orientación y la identidad sexual sin sufrir por ello ningún tipo de violencia ni discriminación, exigiendo, además, el fin de las terapias de conversión y de la esterilización forzada de las personas trans e intersex.
Los avances en los derechos del colectivo LGTBI a nivel global desde aquella decisión de la OMS de hace más de 30 años son notables y han servido para empoderar y proteger a las lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales en un gran número de países.
Según los datos del último informe Homofobia de Estado de ILGA Mundo, que es el más extenso recopilatorio anual de los derechos del colectivo a nivel global, actualmente 58 estados y 28 jurisdicciones no independientes, incorporan a sus legislaciones disposiciones que confieren una amplia protección contra la discriminación basada en la orientación sexual.
A día de hoy, cientos de millones de personas viven en países donde se protege el derecho a amar libremente; pero por desgracia aún son más los países en los que se persigue y se criminaliza a este colectivo. Actualmente existen 69 Estados con disposiciones que penalizan los actos sexuales consensuados entre personas adultas del mismo sexo.
Además, en 6 países, la pena de muerte es el castigo legalmente prescrito para las relaciones sexuales homosexuales mientras que, en otros cinco, diversas fuentes informan de que podría imponerse la misma pena.
Nuestro país se convirtió en referente internacional en materia de protección de derechos del colectivo gracias a la Ley del Matrimonio Igualitario, la Ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, o las diferentes leyes LGTBI y trans que se han ido aprobando en las comunidades autónomas.
Somos el octavo país del mundo en esta materia, pero debemos aspirar a más, por ello son muy importantes iniciativas como la Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación (Ley Zerolo) que se encuentra en fase de tramitación parlamentaria, así como la próxima ley LGTBI y Trans.
Somos conscientes de la importancia de los avances que se han realizado, pero también sabemos que aún nos encontramos lejos de nuestro objetivo final, que no es otro que el fin de los delitos de odio y la discriminación a los que diariamente se enfrentan las personas del colectivo LGTBI.
A falta de conocer la distribución por tipologías, sabemos que en el año 2021 se produjo un incremento del total de los delitos de odio de más del 40% respecto al 2020, recibiendo, según datos del Ministerio del Interior 1802 denuncias por delitos de odio (530 más que el año anterior) lo cual supone un triste récord en la serie histórica desde que se contabilizan estos hechos.
Es imprescindible señalar que, además, en torno al 90% de estos delitos se quedan sin denunciar, como muestra la encuesta sobre delitos de odio del Ministerio del Interior realizada en el año 2021.
Esta encuesta también nos muestra que la mayoría de las víctimas prefieren acudir a las asociaciones del colectivo antes que a la policía y que lamentablemente, más del 50% de las personas que sí que denunciaron haber sido víctimas de algún delito de odio consideran que el trato recibido por parte de quién atendió esas denuncias, así como la asistencia y el apoyo recibidos tras las agresiones que sufrieron fueron insatisfactorios.
Ante estos resultados,el Ministerio del Interior presentó el pasado mes de abril el Segundo Plan de Acción contra los Delitos de Odio 2022-2024 con el que pretende corregir todas estas deficiencias y hacer aflorar todos los delitos de odio que ocurren en realidad, garantizando un trato adecuado a las víctimas y creando unidades específicas dentro de la policía para combatir estos delitos.
El plan, que está dotado con más de un millón de euros, comprende 8 líneas de acción que tienen a las víctimas de los delitos de odio como eje prioritario; y por ello, y a la vista de los resultados del estudio, tres de estas líneas son: mejorar la asistencia y el apoyo a las víctimas; impulsar la formación, la sensibilización y la concienciación de los miembros de las FCSE e incentivar la participación, la colaboración y las actividades con las organizaciones del tercer sector encaminadas hacia la mejora constante en la lucha contra los delitos de odio.
1. Aumentar y poner en marcha los servicios de proximidad para la atención a las víctimas de LGTBI-fobia.
2. Impulsar y/o establecer redes de colaboración con las organizaciones del colectivo que son, en muchos casos, la vanguardia de la atención a las víctimas.
3. Realizar campañas de formación y sensibilización para reducir la infra-denuncia y a la larga los delitos de odio en nuestro municipio.
4. Promover la formación de la policía local en materia de prevención y atención a las víctimas de LGTBI-fobia.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Creación de Libros y Registros de Honores y Distinciones Municipal.
Exposición de motivos:
Visto que en diferentes artículos de la Ordenanza de honores y Distinciones dice lo siguiente:
Artículo 42.- Registro de Honores
1.- Un extracto de los acuerdos de la Corporación otorgando cualquiera de los honores citados deberá inscribirse en un Libro–Registro que estará a cargo del titular de la Secretaría General del Ayuntamiento. El Libro–Registro estará dividido en tantas secciones como distinciones honoríficas regula este Reglamento.
Artículo 55.- Normas Generales
1.- Es preceptivo contar con un Libro-Registro de Distinciones, Libro de Firmas de Visitantes Ilustres y un Libro de Oro.
2.- Los Libros de Protocolo deben de tener una diligencia de apertura y otra de cierre. En la primera se manifiesta que el libro consta de tantos folios y tantas páginas, numeradas de la una hasta la que sea, y que será utilizado para recoger las firmas de las personas a las que vayan destinadas. En cada una de sus páginas se hará mención de la persona que firme, de su condición, de la fecha en la que firma, y se dejará un buen espacio para que aquella persona pueda escribir en el libro unas palabras.
3.- Al final de la última página del libro figurará la diligencia de cierre, en la que se hará constar que el libro del que se trate ha sido utilizado en todas sus páginas por una cara (o por las dos), y que ha sido cerrado con la fecha que sea, siendo su última hoja válida la que lleva el número tal. La diligencia va fechada y firmada por el Secretario General del Ayuntamiento.
Artículo 56.- Del Libro de Oro
El Ayuntamiento dispondrá de un Libro de Oro en el que firmarán cuantos reciban distinciones municipales.
Artículo 57.- Libro de Firmas de Visitantes Ilustres
Se procurará que las más importantes personalidades que visiten el Municipio firmen en el mismo.
Artículo 58.- Libro-Registro de Distinciones.
En sus páginas se consignará el número de orden, el nombre de la persona agraciada, las circunstancias que en ella concurren, los méritos que han motivado la distinción, la fecha de concesión y un extracto del acuerdo o resolución, así como la fecha de la diligencia de registro.
Visto que en la fecha 25 de Agosto de 2021 y con registro de entrada nº. 2021-E-RE-3092 solicitamos acceso al Libro Oficial de Honores y Distinciones de este Ayuntamiento y se nos contestó que no consta la existencia, de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Reglamento Especial de Honores, Distinciones y Ceremonial del Ilustre Ayuntamiento de San Miguel de Abona, del preceptivo Libro de Registro municipal de Honores, así como de distinciones.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Creación mesa de seguridad en San Miguel de Abona.
Exposición de motivos:
La seguridad constituye uno de los pilares fundamentales para el bienestar de nuestros vecinos y vecinas. Y este Ayuntamiento, debe velar por la garantía de esa seguridad en nuestros barrios.
Según el Ministerio del Interior y el Instituto Nacional de Estadística, en el primer trimestre de 2022 se han registrado 376 denuncias (infracciones penales en lo que va de año).
Fuente de los datos: https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/sec/jaxiPx/Datos.htm?path=/DatosBalanceAct//l0/&file=09003.px
La tipología y número de delitos que se reseñan son: contra la libertad e identidad sexual, suman cinco casos, los de robos con fuerza en domicilio que suman 26 casos, los hurtos que suman 125 casos, a eso hay que sumarle los 27 robos en domicilios, establecimientos y otras instalaciones, así como 202 infracciones penales de origen variado.
A la vista de los datos señalados, consideramos que la participación de la ciudadanía en la materia que nos ocupa, siempre ha resultado de los más eficaz tanto para prevenir como para detectar la delincuencia. De hecho, esa participación entra dentro de los protocolos ordinarios de la investigación policial.
No es baladí que la situación de la policía local de nuestro municipio es preocupante. Con un número de agentes que no llega a la mitad de la ratio que establece las directivas europeas por número de habitantes También porque una parte de la plantilla está de baja, lo que repercute en la calidad del servicio y como es obvio, en la salud de nuestros agentes y en la seguridad de las personas.
Según afirmó el grupo de gobierno, en el mes de agosto de este año 2022, un oficial y un agente se encontraban de baja y que a otros 4 policías locales se les había resuelto la incapacidad permanente total para su profesión, en resumen, 6 plazas descubiertas de 22. A esto hay que sumar que siguen sin cubrirse otras 5 plazas, una de inspector, otra de subinspector y 3 de agentes.
Esta situación ya es insostenible y necesita, que la abordemos desde otra perspectiva, sobre todo dado el crecimiento poblacional en nuestro municipio, a fecha de 24 de agosto, hay 28.637 personas empadronadas. Lo que implica también, mayor número de personas de paso al aumentar las infraestructuras comerciales, de ocio y tiempo libre, así como, la lógica interacción social.
Esta moción pretende, por tanto, recabar la atención de todos los que conformamos el pleno del ayuntamiento a los efectos de buscar soluciones al problema que estamos teniendo en materia de seguridad. Entendemos que la participación ciudadana optimizaría el hacerlo, por entenderla como una herramienta fundamental de detección de carencias y/o problemas, sobre todo, con carácter preventivo. Ahorraría coste económico y de recursos humanos pues, resulta una fuente de información que al final, de una u otra manera, siempre será vinculante en la propia seguridad de nuestro pueblo.
La participación ciudadana la viene a facilitar nuestra carta magna en su artículo 9.2, en el cual especifica que “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones a fin de que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en los cuales se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten la plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.”
No podemos seguir así, es más que necesario que se cree una mesa en la que la Policía Local, representantes políticos (todos los partidos que conforman el pleno municipal) y la propia ciudadanía, vecinos y vecinas de San Miguel de Abona puedan aportar ideas para mejorar la seguridad de nuestro municipio.
Esta moción pretende resolver una carencia, que no se nos puede esconder pues, es algo manifiesto entre la población. Hacerla efectiva por el bien de nuestro municipio. Hacerla participativa entre aquellos que formamos el pleno del ayuntamiento por ser nuestra responsabilidad. La policía local, que es la garante material de la seguridad, vecinos y vecinas que son, la mejor y más garante fuente de información.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento y el Grupo Municipal Mixto de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con
Exposición de motivos:
Visto que se están denegando concesiones de acople de agua, basándose en la aplicación del Artículo 21 (OBJETO DE LA CONCESIÓN) del Reglamento de Abastecimiento de Agua Potable de San Miguel de Abona, y concretamente en relación al segundo párrafo que reza de la siguiente manera:
“A efectos de aplicación de lo reglamentado, se considera unidad independiente de edificación al conjunto de viviendas y/o locales con portal común de entrada y hueco común de escalera, así como los edificios comerciales e industriales que pertenezcan a una única persona física o jurídica, y en los que se desarrolle una única actividad industrial o comercial”.
PRIMERO. – Se modifique el Artículo 21 del Reglamento de Abastecimiento de Agua Potable de San Miguel de Abona y, concretamente el segundo párrafo para que quede con la siguiente redacción:
“A efectos de aplicación de lo reglamentado, se considera unidad independiente de edificación al conjunto de viviendas y/o locales con portal común de entrada y hueco común de escalera, así como los locales de uso propio, locales comerciales e industriales (individuales o colectivos) que pertenezcan a personas físicas o jurídicas”.
SEGUNDO. – Que en el artículo 37 del Reglamento de Abastecimiento de Agua Potable de San Miguel de Abona en el apartado del CARÁCTER DEL SUMINISTRO, se cree un nuevo tipo con el “Uso de Centro de Trabajo en explotación Agrícola” y que para ello se deba acreditar al menos alta en la seguridad social con la actividad de explotación agrícola, alta en la actividad económica y informe acreditativo de extensión agraria de la existencia de esta actividad.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Mejora integral de las paradas de taxis del municipio.
Exposición de motivos:
Visto que lamentablemente se ha producido el atropello de un taxista en la parada de Golf del Sur.
Visto el aumento poblacional de nuestro municipio es una realidad palpable y que por lo tanto, cada vez se necesitarán más licencias de taxis para seguir dando un buen servicio.
Visto que el sector del taxi también se está convirtiendo en un actividad económica en la que cada vez hay más mujeres conductoras.
Visto que las actuales paradas de taxis no tienen servicios de baño que puedan ser utilizados por el conjunto de taxistas, ni por las personas usuarias de este servicio.
Visto que las paradas de taxi no disponen de zonas de sombra necesarias para protegerse del sol o la lluvia.
Visto que las paradas de taxi son un espacio de pública concurrencia al que acuden personas usuarias de los servicios públicos de transporte.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con
Construcción de un acceso peatonal paralelo a la Carretera a Los Abrigos hasta el parque anexo al Consultorio Médico de San Miguel de Abona.
Exposición de motivos:
Visto que muchos vecinos de la Ctra. a Los Abrigos, C/Garañaña, C/La Cruz, C/La Montañita nos han trasladado que desearían tener un acceso peatonal seguro por el que poder acceder al consultorio médico.
Visto que muchos de estos vecinos son personas mayores, con movilidad reducida y sin la posibilidad de poder trasladarse o ser trasladados en vehículos.
Por todo ello, solicitamos:
ÚNICO. – Se realice proyecto para la ejecución de dicha infraestructura consistente en acceso peatonal, paralelo a la carretera a Los Abrigos y desde entrada a C/ la Cruz hasta parque anexo al Consultorio Médico de San Miguel.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con la creación de una Ordenanza Reguladora de las Instalaciones Culturales, Deportivas, Artísticas y Recreativas del municipio.
Exposición de motivos:
Visto que las instalaciones culturales, deportivas y recreativas del municipio son, y deben ser, de uso público y municipal,
Visto que en los últimos 15 años se ha producido un gran incremento poblacional en los diferentes barrios del municipio,
Visto que, en los últimos años, las asociaciones culturales, deportivas, festivas, artísticas, etc, así como los diferentes clubes, que pueden y deben tener acceso a las instalaciones municipales para llevar a cabo sus actividades, han crecido exponencialmente en número y, según previsión, continúen incrementando,
Visto la creciente demanda por parte de particulares que, de forma puntual, han solicitado las instalaciones municipales para desarrollar alguna actividad deportiva, cultural o artística,
Visto que las zonas e instalaciones públicas deben ser espacios seguros y estar dotados de todo el material necesario para su uso, así como de la correspondiente limpieza y mantenimiento,
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Conveniar con el Cabildo de Tenerife, con carácter de urgencia, el acondicionamiento y mejora de la Carretera Insular TF-657, en el tramo TF-65 Barranco Los Erales y Araujo y Rotonda de Aldea Blanca.
Exposición de motivos:
Visto que la TF 657 a su paso por la Avenida Edelmira Alfonso, Aldea Blanca, se ha convertido en un punto estratégico para las comunicaciones que conectan el municipio de San Miguel de Abona con otros municipios.
Vista la realidad educativa del barrio de Aldea Blanca, en el que coexisten dos centros educativos a los que acuden miles de estudiantes y por consiguiente se producen concentraciones importantes de tráfico rodado.
Visto el incremento poblacional que ha desarrollado el barrio de Aldea Blanca.
Visto el incremento de la actividad productiva, han abierto nuevos negocios.
Visto que en Aldea Blanca existen dos barrancos, “Los Erales” y “Araujo” a su paso por la carretera Insular TF-657 se han desbordado en años anteriores.
Vista la necesidad imperiosa de mejorar la accesibilidad del barrio de Aldea Blanca.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con la Ejecución de un paseo peatonal y carril bici desde Llano del Camello (rotonda de los camellos) hasta Las Zocas (parada de guaguas frente al cruce del campo de fútbol).
Exposición de motivos:
1- Todos debemos abanderar la apuesta sin fisuras por un municipio sano y un entorno sostenible, donde la calidad de vida de los vecinos y vecinas sea prioritario. Nuestro deber es fomentar, trabajar y conseguir un municipio en el que se apueste por el cuidado y la mejora del medio ambiente.
2- El partido socialista propone elaborar y ejecutar el proyecto de un “Paseo Peatonal y un Carril Bici”, consistente en una vía en la que, de forma paralela a la carretera, transcurra o se realice una acera para los peatones y un carril para bicicletas, desde la rotonda de los Camellos, en Llano del Camello, hasta la parada de guaguas que está en el cruce de acceso al campo de Fútbol Juanito Marrero, en Las Zocas.
3- Con este proyecto se trata de dotar a nuestro pueblo de:
a).- Carriles Bici: Para facilitar a la creciente demanda de personas que realizan diariamente el deporte del ciclismo. Además de fomentar así el uso de la bicicleta como medio de transporte no contaminante y medio de convivencia entre familias, juventud, mayores, etc.
b).- Accesos peatonales: Serían espacios de utilidad pública, para cubrir la creciente demanda, por parte de vecinos y vecinas, de más lugares para caminar, hacer ejercicio y disfrute al aire libre. Además podría ser usado por el alumnado del IES, que no dispone de transporte, para acceder de forma segura al centro educativo.
4- La propuesta del partido socialista es convertir San Miguel de Abona en espacio para la convivencia, la salud, el deporte y la movilidad entre barrios y vecinos.
Por todo ello, solicitamos:
Primero.- Solicitud de informe de viabilidad del proyecto de “Acceso Peatonal y Carril Bici desde Llano del Camello a Las Zocas” a la Administración Pública competente.
Segundo.- Ejecución del citado proyecto por parte del Ayuntamiento de San Miguel de Abona.
Tercero.- Hagan partícipe del desarrollo y ejecución del citado proyecto a los grupos políticos de la oposición.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con la Cesión de suelo público para la construcción de viviendas de protección oficial en el municipio de San Miguel de Abona
Exposición de motivos:
Visto que la vivienda es un derecho fundamental amparado por la Constitución Española en su artículo 47 afirma que “todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”.
Visto que los vecinos y vecinas de San Miguel de Abona tienen derecho a poder optar a una Vivienda de Protección Oficial,
Visto que el ayuntamiento de San Miguel de Abona dispone de suelo público,
Solicitamos:
Único. – Se ceda suelo público a la entidad correspondiente para la construcción de Viviendas de Protección Oficial en el municipio.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con la creación de Pasos de peatones seguros y más retenedores de velocidad en la travesía de la Carretera General en su paso por el casco de San Miguel de Abona.
Exposición de motivos:
Visto que muchos vecinos de la Carretera General del Sur nos han comunicado que desearían tener un paso de peatones y más retenedores de velocidad a lo largo de la travesía de esta carretera por el casco del pueblo.
Visto que muchos de estos vecinos son personas mayores, con movilidad reducida y sin la posibilidad de poder trasladarse o ser trasladados en vehículos.
Visto que la seguridad vial es un elemento importante en el casco, que además supone una zona comercial relevante,
Visto que las zonas más afectadas por la falta de estos retenedores y pasos de peatones inician en las inmediaciones del edificio de la Policía Local, continúan por el frente del colegio público y discurren a lo largo de la carretera tanto en el tramo de dirección Tamaide como en el que dirige hacia el Frontón.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Redacción y ejecución de los proyectos de baños adaptados y Red Wifi en el Mercado del Agricultor de San Miguel de Abona.
Exposición de motivos:
Visto que el recinto del Mercado del Agricultor también acoge el consultorio médico del Servicio Canario de Salud, así como un bar-cafetería.
Visto que es un establecimiento de pública concurrencia donde además se ubica una cancha polideportiva.
Visto que es un establecimiento de alta afluencia de personas y que las tecnologías de la comunicación cada vez son más necesarias para el desarrollo de las actividades comerciales y de la vida particular de la ciudadanía.
Visto que este recinto carece de red Wifi.
Visto que el recinto no dispone de baños adaptados.
Visto que la accesibilidad a las personas con movilidad reducida en las infraestructuras públicas es de obligado cumplimiento.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Apoyo al personal trabajador del Ayuntamiento de San Miguel de Abona.
Exposición de motivos:
Visto el convenio colectivo presentado por CSIF,
Visto el convenio colectivo presentado por el Ayuntamiento,
Visto el preaviso de huelga,
Visto los diferentes escritos que ha presentado el sindicato mayoritario ante el Ayuntamiento,
Vista la falta de acuerdo entre las partes,
Visto que el personal municipal fue personal esencial durante la pandemia,
Vistas las necesidades del personal municipal,
Visto que lo que solicitan son mejoras en las ayudas sociales,
Vista la no existencia de un plan formativo propio y específico para la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona,
Vista la no existencia de un plan de igualdad de género la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona (Real Decreto 901/2020),
Visto que la huelga ya ha iniciado.
PRIMERO. - Se tengan en cuenta los acuerdos mínimos que solicita el sindicato mayoritario CSIF para la mejora de los derechos de la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona.
SEGUNDO. - Se mejoren las prestaciones sociales de la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona
TERCERO. - Se negocien dichos acuerdos en base a los derechos y deberes de la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona.
CUARTO. - Se cree un plan de empleo que garantice la estabilidad y consolidación de los puestos de trabajo de la plantilla del Ayuntamiento de San Miguel de Abona.
QUINTO. - Se adopten las medidas necesarias para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona
SEXTO. - Se elabore un plan de igualdad entre las mujeres y los hombres que forman parte de la plantilla del Ayuntamiento de San Miguel de Abona
SÉPTIMO. - Se elimine la reducción de sueldo por baja médica en las bajas de menos de tres días de la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona, con esto, se evitará que las bajas pasen a ser de larga duración.
OCTAVO. - Se recupere el cien por cien de la paga extra, la cual fue reducida en 2012 a la plantilla de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Miguel de Abona.
NOVENO.- Se cree una mesa de diálogo, en la que se incorpore a todos los entes implicados para que haya un consenso y se tengan en cuenta los requisitos mínimos.
Desde el PSOE de San Miguel de Abona queremos recordar que el mayor activo que tiene esta administración pública son los trabajadores y trabajadoras, sin su trabajo y esfuerzo, el Ayuntamiento no podrá atender la demanda ciudadana. Este grupo político, como en otras ocasiones, tiende la mano a la negociación y a la concordia, muy necesarias en estos momentos de dificultad.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Redacción y ejecución de los proyectos para la red terciaria de todas las localidades de San Miguel de Abona
Exposición de motivos:
Visto que en el Plan Hidrológico de la isla de Tenerife está contemplado la planificación del sistema comarcal de depuración de aguas residuales Arona Este - San Miguel de Abona.
Visto que el Consejo de Administración de la sociedad mercantil estatal Aguas de las Cuencas de España (ACUAES), del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico autorizó, en mayo de este año, la adjudicación por 22.149.527 euros de la contratación conjunta de elaboración del proyecto, ejecución de las obras, puesta en marcha y explotación en pruebas del proyecto de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Montaña Reverón, en la isla de Tenerife.
Visto El Consejo de Administración de ACUAES ha aprobado también los pliegos para la licitación del contrato de servicios de asistencia técnica a la dirección facultativa en la supervisión de la redacción del proyecto constructivo de la depuradora y en la supervisión y control de la ejecución, en la coordinación de seguridad y salud y en la supervisión y control medioambiental de las obras del Sistema de Saneamiento de Arona Este – San Miguel y que el importe de licitación de este contrato es de 3.029.245 euros, incluido el IGIC, y el plazo, 48 meses.
Visto que las obras, declaradas de interés general del Estado, se enmarcan en la actuación “Saneamiento y Depuración del Sistema de Arona Este-San Miguel”, cuya inversión prevista es de 80 millones de euros, que serán cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER 2014-2020, dentro del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE), tal y como contempla el convenio suscrito el pasado año con el Cabildo de Tenerife y el Consejo Insular de Aguas de Tenerife para el desarrollo y financiación de las obras.
Visto que el proyecto tiene un doble objetivo, por un lado, acabar con los vertidos directos sin adecuado tratamiento que, en estos momentos, se producen a través de los emisarios submarinos ubicados en San Miguel, Las Galletas o el Palm-Mar y, de otro, regenerar las aguas residuales depuradas para permitir su reutilización para riego agrícola.
Visto que el conjunto de actuaciones incluye la construcción de una EDAR que dará servicio a 232.936 habitantes equivalentes para el horizonte temporal de 2036, tratando las aguas residuales de la zona este de Arona, así como las de San Miguel de Abona y Vilaflor, especialmente las producidas en aquellas poblaciones mayores de 2.000 habitantes.
Visto que la EDAR, el sistema de saneamiento de Arona Este- San Miguel incluye una red de colectores, impulsiones y emisarios terrestres, así como la construcción de cuatro Estaciones de Tratamiento y Bombeo de Aguas Residuales (ETBAR), cinco nuevas estaciones de bombeo (EBAR) y tres rehabilitaciones de EBAR existentes.
Visto que el Cabildo de Tenerife tiene prevista la dotación presupuestaria para la ejecución del sistema comarcal de depuración de aguas residuales Arona Este - San Miguel de Abona.
Visto que las fechas de licitación de esta planificación están previstas para finales de 2021.
Visto que las fechas previstas para la ejecución de esta obra se estima entre los años 2023 – 2024.
Visto que el Cabildo de Tenerife va a realizar los principales sistemas colectores y de bombeo en nuestro municipio.
Por todo ello, solicitamos:
PRIMERO. - Que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona inicie la redacción de los proyectos de la red interior o red terciaria, cuya competencia es municipal, en todos los barrios y núcleos poblacionales del municipio que no dispongan o esté incompleta esta red de saneamiento.
SEGUNDO. - Que se liciten y se ejecuten dichos proyectos y así San Miguel de Abona pueda tener, de una vez por todas, una red de saneamiento en condiciones.
TERCERO. - Que se realice una modificación presupuestaria en la que se contemplen las inversiones necesarias para atender esta necesidad para el municipio y al mismo tiempo, se cumpla con la legislación europea, nacional y regional en esta materi
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Punto de reciclaje móvil municipal
Exposición de motivos:
Visto que la recogida de residuos es una competencia municipal.
Visto que el reciclaje es una tarea que involucra a la ciudadanía, administraciones, empresas, en definitiva a la sociedad.
Visto la necesidad de reducir los residuos, reutilizar aquello que pueda ser reconvertido y darle otra vida y reciclar la mayor cantidad de cosas que se pueda.
Vista la demanda de los vecinos y vecinas de San Miguel de Abona en cuanto a los puntos de reciclaje.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Realización de informe del estado de conservación de la red de abastecimiento de agua potable, redacción y ejecución de los proyectos para renovación de esta red en todas las zonas del municipio que así lo requieran.
Exposición de motivos:
Visto que en la Memoria del Servicio Municipal de Abasto Agua Potable de San Miguel de Abona 2020-2021, indica, en su gráfica de evolución de ahorro de agua, que aún existe una diferencia de 31.000 litros/hora.
Visto que parte de esta diferencia se debe a la precisión de los equipos medidores, pero otra gran parte se deben a las fugas de agua existentes en la red de distribución de agua potable.
Visto que a pesar de que la empresa concesionaria (TAGUA), en el periodo 2020-2021, ha realizado un gran esfuerzo en la detección y reparación de estas fugas, logrando una reducción de 118.000m3 en un año, aún se están perdiendo 138.846m3 anuales.
Visto que en nuestras islas el agua es un bien escaso,
Visto que las competencias sobre los servicios de abastecimiento de agua potable son municipales y que actualmente la situación económica del ayuntamiento de San Miguel de Abona es buena ya que cuenta con un remanente de más de 22 millones de euros.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción:
Mejora integral aparcamientos de en Aldea Blanca
Exposición de motivos:
Visto que en Aldea Blanca, según el Instituto Nacional de Estadística, residen más de 1100 personas.
Visto que hay un gran número de viviendas, dos centros educativos, centro ocupacional, centro cultural, tanatorio, plazas públicas, campo de fútbol.
Visto que Aldea Blanca dispone de una zona comercial importante en la que se congregan bares, restaurantes, cafeterías, centros de ocio, estética, tienda de productos alimenticios, librería y farmacia.
Visto que Aldea Blanca es un núcleo que conecta con otras localidades del municipio: Las Zocas y Llano del Camello y al mismo tiempo, conecta el municipio de San Miguel de Abona con el de Arona.
De acuerdo con lo previsto en el articulo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con la Ampliación del horario de la Biblioteca Pública Municipal y de espacios adaptados al estudio, salas de estudio.
Exposición de motivos:
San Miguel de Abona es un municipio en constante crecimiento poblacional, de hecho, el Instituto Nacional de Estadística recoge que la población municipal asciende a 20.886 personas, de las que un porcentaje significativo lo conforma la población que se encuentra realizando actividad lectiva reglada: primaria, secundaria, bachillerato, ciclos formativos, universitarios, postgrado, doctorado, etc.
Es evidente que el crecimiento de la población repercute en una mayor demanda de los servicios municipales, tales como el de la BIBLIOTECA PÚBLICA MUNICIPAL, la cual, actualmente está abierta al público en horario de 15:30 h a 18:30 h los lunes, de 09:00 h a 13:00 h y de 15:30 h a 18:30 h de martes a viernes, y de 9:00 h a 13:00 h, los sábados.
Como bien es sabido, el alumnado de primaria, secundaria, bachillerato, ciclos formativos, universidad, etc., llevan a cabo su actividad lectiva de lunes a viernes, en horario de mañana, fundamentalmente. Por lo que el grueso de las horas de estudio se localiza en el horario vespertino y los fines de semana.
Es de conocimiento público que en nuestro municipio también hay estudiantes de las distintas universidades de la isla, como la Universidad de La Laguna, la Universidad Nacional Educación a Distancia, estudiantes de oposiciones y de otros institutos educativos a distancia, que necesitan un horario de estudio más flexible, especialmente en periodo de exámenes.
Sin embargo, tanto durante las tardes entre semana (a partir de las 18:30 h) y las tardes de los sábados, el conjunto de estudiantes de San Miguel de Abona no dispone de ningún espacio donde llevar a cabo sus estudios, teniendo que desplazarse a bibliotecas de municipios vecinos que sí ofrecen ese servicio.
Amparándonos en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Local, en el que se recoge que los municipios de más de 5.000 habitantes deben contar con el servicio de Biblioteca Pública.
En vista de que el conjunto de estudiantes de primaria, secundaria, bachillerato y ciclos formativos, etc., llevan a cabo su actividad lectiva de lunes a viernes, mayormente en horario de mañana, quedando el grueso del estudio para las tardes y los fines de semana.
En vista de que en nuestro municipio también hay estudiantes de distintas universidades (no solo de la isla, sino también de otras provincias e incluso en universidades a distancia), estudiantes opositores, etc., necesitan un periodo de tiempo más amplio de estudio, especialmente en periodo de exámenes,
El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de San Miguel de Abona, haciéndose eco de una petición de Juventudes Socialistas de San Miguel de Abona, así como de vecinos y vecinas del municipio vemos necesario la ampliación del horario de la Biblioteca Municipal hasta las 20:30 h de lunes a sábado.Por todo ello, proponemos:
PRIMERO.-Se amplíe el horario de la biblioteca municipal en las horas vespertinas (horario de tarde) hasta las 20:30 horas, ya que, con el horario actual, el conjunto de estudiantes de San Miguel de Abona no tienen ningún espacio donde llevar a cabo sus actividades complementarias relacionadas con sus estudios, razón por la cual se ven obligados a desplazarse a bibliotecas de municipios vecinos que sí ofrecen ese servicio.
SEGUNDO.- Se dispongan de espacios adaptados al estudio, como salas de estudios, en aquellos lugares en los que dicha actividad pueda ser llevada a cabo de forma eficaz. Dichas áreas deberán estar ventiladas, así como contar con la insonorización y el mobiliario correspondiente, medios y recursos técnicos necesarios para que el conjunto de estudiantes del municipio pueda estudiar en un espacio digno y cuyo horario no sea inferior a las 20:30 horas.
De acuerdo con lo previsto en el articulo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con Medidas de urgencia ante la situación de la pandemia de la COVID-19.
Exposición de motivos:
Vista la situación de la propagación del coronavirus COVID-19 en diferentes partes del territorio nacional, regional, insular y local,
Vista la suspensión de todos los eventos culturales, deportivos y sociales que conlleven afluencia masiva de personas (mil o más personas),
Visto que también se produjo una restricción a las visitas a los pacientes ingresados en los hospitales de Canarias,
Vista la suspensión de la actividad en clubes o centros de ocio de mayores, así como las visitas a centros socio-sanitarios de mayores, incluido el servicio del Club de la 3ª edad de San Miguel de Abona, así como las visitas al Centro de Mayores La Alborada del Padre Damián.
Vista la suspensión de la actividad lectiva en los colegios y centros de enseñanza pública, así como los viajes escolares, tanto en enseñanza no universitaria como universitaria, que se desarrollen fuera del territorio canario en los próximos dos meses,
Visto que el sector económico puede sufrir un efecto colateral negativo dada la cancelación de reservas en hoteles, casas rurales, viviendas vacacionales,
Visto que el conjunto de negocios, de personas autónomas de nuestro municipio puede ver mermados sus ingresos producto de esta situación con el COVID-19,
Visto que la ciudadanía sanmiguelera puede verse afectada por esta situación económica,
El Partido Socialista de San Miguel de Abona solicita los siguientes acuerdos:
Ante la situación de crisis económica generada por los efectos de la pandemia, el ayuntamiento de San Miguel de abona adopte una serie de medidas destinadas a paliar los efectos de esa crisis en el tejido empresarial del municipio.
Se trata de ayudar, sobre todo, a trabajadores, trabajadoras, pequeñas y medianas empresas, autónomos, agentes económicos en general y empresas del sector turístico en particular, con el fin de proteger el empleo, dando facilidades en los compromisos fiscales.
Por todo ello, solicitamos:
PRIMERO. - El Ayuntamiento de San Miguel de Abona aplace el calendario fiscal municipal a toda la ciudadanía. Es decir, que retrase los cobros fiscales de obligado cumplimiento que inciden directamente en los vecinos y vecinas, así como a las empresas radicadas en el municipio. En concreto se aplace el pago de los impuestos de: vados, vehículos, basura, contribución urbana y rústica, etc.
SEGUNDO. -El ayuntamiento de San Miguel de Abona deberá realizar una valoración de los acontecimientos sucedidos hasta ahora para implementar, si fuera necesario, un paquete de acciones para disminuir los efectos de la crisis sanitaria y económica, con la única finalidad de que afecte lo menos posible a la salud de nuestros vecinos y vecinas, así como contribuir a la mejora de la empleabilidad en nuestro municipio.
TERCERO. - Aprobar la utilización del fondo de contingencia, o derivar dinero de otras partidas, en caso de que se tenga que proporcionar ayudas a aquellas familias que lo necesiten y que estén en una situación de vulnerabilidad producto de esta pandemia, porque lo importante es que las familias sanmigueleras obtengan una respuesta rápida y eficaz.
CUARTO. - Aprobar el teletrabajo a la plantilla municipal de trabajadores y trabajadoras para contribuir a la conciliación familiar, por un lado, y a la disminución del riesgo de contagio, por otro.
De acuerdo con lo previsto en el articulo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con SUBVENCIONES DIRECTAS A EMPRESARIOS, EMPRESARIAS, AUTÓNOMOS Y AUTÓNOMAS DEL MUNICPIO.
Exposición de motivos:
Visto El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, adoptó una serie de medidas en relación con la limitación de la movilidad de las personas, así como de las actividades sociales y económicas de nuestro país, que han contribuido a contener el avance del COVID-19.
Vista la situación de la propagación del coronavirus COVID-19 en diferentes partes del territorio nacional, regional, insular y local.
Visto que la suspensión de todos los eventos que conlleven confluencia de personas afecta a bares, restaurantes, cafeterías, tiendas, comercios, negocios que no sean de primera necesidad ni atiendan a domicilio.
Visto que el sector económico puede sufrir un efecto colateral negativo dada la cancelación de reservas en hoteles, casas rurales, viviendas vacacionales y el cierre temporal a bares, restaurantes, cafeterías, tiendas, comercios, negocios que no sean de primera necesidad ni atiendan a domicilio.
Visto que el conjunto de pequeñas y medianas empresas, autónomos y autónomas de nuestro municipio pueden ver mermados sus ingresos producto de esta situación con el COVID-19.
Visto que el Real Decreto 463/2020 puede no ajustarse a todas las realidades de las PYMES, autónomos y autónomas en cuanto a ayudas se refiere.
Visto que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona cuenta con la disposición económica suficiente para sufragar subvenciones, atestiguada por los continuos remanentes positivos y por los elevados saldos en cuentas bancarias.
Visto que la ciudadanía sanmiguelera puede verse afectada por esta situación económica dado que los autónomos, autónomas, empresarias y empresarios del municipio probablemente vean afectados, reducidos o mermados sus ingresos.
Vista la moción presentada por este partido el pasado 12 de marzo, en la que solicitábamos se aplicaran unas medidas de urgencia en relación al coronavirus, en concreto: se aplazara el calendario de los cobros fiscales de obligado cumplimiento municipal (vados, vehículos, basura, contribución urbana y rústica, etc.), se aprobara la utilización del fondo de contingencia para beneficiar a las familia más afectadas por esta pandemia y se proporcionara una alternativa de teletrabajo al personal municipal para minimizar el contagio.
Actualmente, a fecha de 13 de abril de 2020, el Partido Socialista de San Miguel de Abona solicita al Ayuntamiento de San Miguel de Abona la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO. - Se adopten con URGENCIA medidas ágiles y eficaces que reduzcan los riesgos a corto plazo para los empleados y los costos a largo plazo para las pequeñas y medianas empresas, así como para los autónomos y autónomas del municipio de San Miguel de Abona.
SEGUNDO. – Se concedan subvenciones directas al conjunto de empresas, autónomos y autónomas del municipio que se han visto obligadas a cerrar total o parcialmente sus negocios, carecen de ingresos, o han reducido notablemente los mismos y que no se pueden beneficiar de las ayudas estatales, regionales o europeas.
TERCERO. – Que dichas ayudas o subvenciones de tipo económico, estén destinadas a autónomos, autónomas, empresarias y empresarios que tengan su domicilio fiscal en San Miguel de Abona, presten sus servicios dentro del término municipal o que tengan el domicilio fiscal en el municipio de San Miguel de Abona, pero no tengan centro de trabajo en el término municipal y siempre y cuando hayan visto afectada su actividad económica como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19.
CUARTO. – Que las ayudas sean compatibles con cualquier medida que tome el Gobierno estatal, autonómico o insular, o cualquier otra entidad pública o privada.
QUINTO. – Que el Ayuntamiento avale una línea de crédito, sin intereses, a empresarios, empresarias, autónomos o autónomas que formen parte de la pequeña y mediana empresa y /o comercio, es decir, que el Ayuntamiento sirva de mediador.
SEXTO. – Que se otorgue asesoramiento legal, laboral y fiscal gratuito a aquellas empresarias, empresarios, autónomos y autónomas, que dada la situación del COVID-19 no han podido contratar esos servicios por falta de liquidez económica.
SÉPTIMO. – Que se proporcione asesoramiento PERSONALIZADO sobre todas las ayudas directas, subvenciones, moratorias que existan a nivel europeo, nacional, regional o local destinadas a PYMES, autónomos y autónomas de las que se puedan beneficiar.
OCTAVO. – Que se lleve a cabo una línea de ayuda directa al fomento del empleo y la empleabilidad así como a la generación de nuevos puestos de trabajo o canales económicos.
NOVENO.- Que se incluya un enlace directo en la web municipal para informar al conjunto de la ciudadanía sanmiguelera sobre todas las ayudas a las que se pueden optar, independientemente de la condición laboral o empresarial. Haciendo especial mención a la información, ayudas y orientación que se oferta desde este consistorio.
De acuerdo con lo previsto en el articulo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de San Miguel de Abona desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relacionada con Bonificaciones o ayudas directas a empresarios, empresarias, autónomos y autónomas del municipio.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Visto El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, adoptó una serie de medidas en relación con la limitación de la movilidad de las personas, así como de las actividades sociales y económicas de nuestro país, que han contribuido a contener el avance del COVID-19.
Vista la situación de la propagación del coronavirus COVID-19 en diferentes partes del territorio nacional, regional, insular y local.
Visto que la suspensión de todos los eventos que conlleven confluencia de personas afecta a bares, restaurantes, cafeterías, tiendas, comercios, negocios que no sean de primera necesidad ni atiendan a domicilio.
Visto que el sector económico puede sufrir un efecto colateral negativo dada la cancelación de reservas en hoteles, casas rurales, viviendas vacacionales y el cierre temporal a bares, restaurantes, cafeterías, tiendas, comercios, negocios que no sean de primera necesidad ni atiendan a domicilio.
Visto que el conjunto de pequeñas y medianas empresas, autónomos y autónomas de nuestro municipio pueden ver mermados sus ingresos producto de esta situación con el COVID-19.
Visto que el Real Decreto 463/2020 puede no ajustarse a todas las realidades de las PYMES, autónomos y autónomas en cuanto a ayudas se refiere.
Visto que el Ayuntamiento de San Miguel de Abona cuenta con la disposición económica suficiente para sufragar subvenciones, atestiguada por los continuos remanentes positivos y por los elevados saldos en cuentas bancarias.
Visto que la ciudadanía sanmiguelera puede verse afectada por esta situación económica dado que los autónomos, autónomas, empresarias y empresarios del municipio probablemente vean afectados, reducidos o mermados sus ingresos.
Vista la moción presentada por este partido el pasado 12 de marzo, en la que solicitábamos se aplicaran unas medidas de urgencia en relación al coronavirus, en concreto: se aplazara el calendario de los cobros fiscales de obligado cumplimiento municipal (vados, vehículos, basura, contribución urbana y rústica, etc.), se aprobara la utilización del fondo de contingencia para beneficiar a las familias más afectadas por esta pandemia y se proporcionara una alternativa de teletrabajo al personal municipal para minimizar el contagio.
Vista la moción presentada el pasado 13 de abril de 2020, por este partido, en la que se pedía al Ayuntamiento de San Miguel de Abona adopten con URGENCIA medidas ágiles y eficaces que reduzcan los riesgos a corto plazo para los empleados y los costos a largo plazo para las pequeñas y medianas empresas, así como para los autónomos y autónomas del municipio de San Miguel de Abona.
Visto que dicha moción (13 de abril de 2020) se solicitaba al Ayuntamiento de San Miguel de Abona la concesión de subvenciones directas al conjunto de empresas, autónomos y autónomas del municipio que se han visto obligadas a cerrar total o parcialmente sus negocios, carecen de ingresos, o han reducido notablemente los mismos y que no se pueden beneficiar de las ayudas estatales, regionales o europeas.
Visto que los pagos a realizar por los autónomos, autónomas y pymes que tienen pequeños negocios son impuestos y tasas por servicios de los que no van a hacer uso, ya que sus establecimientos se encuentran cerrados, como son el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, la recogida de basura, el abastecimiento de agua, entrada de Vehículos a través de las Aceras (Vados) y Reservas de la Vía Pública para Aparcamiento Exclusivo, parada de Vehículos, Carga y Descarga de Mercancías, o la ocupación de suelo público.